Resolución Exenta 1521 DGMN
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Articulo publicado por revista-airelibre.com
En relación a la noticia que publicáramos días pasados en relación a que el Comando de Ataque Global de la Fuerza Aérea había emitido una orden para «suspender» el uso de todas las pistolas SIG SAUER M18 tras un incidente mortal por disparo accidental ocurrido en la base aérea de Warren, en Wyoming, Sig Sauer emitió el siguiente comunicado:
Información de seguridad de la P320
Recientemente, ha habido una serie de informes y reclamaciones sobre la seguridad de la pistola P320 y su uso por parte del ejército y las fuerzas del orden de los Estados Unidos. Entendemos que puedan tener preguntas. Queremos responder a tus inquietudes y proporcionarte información completa y precisa.
SIG SAUER SIEMPRE ha dado y seguirá dando prioridad a la seguridad del Ejército de los Estados Unidos, las fuerzas del orden, nuestros consumidores y el público en general. Con este fin, queremos asegurarnos de que los ciudadanos preocupados tengan acceso a toda la información.
La pistola P320 es una de las pistolas más seguras y avanzadas del mundo, ya que cumple y supera todas las normas de seguridad del sector. Su diseño ha sido sometido a exhaustivas pruebas y validado por el ejército y las fuerzas del orden de EE. UU. a nivel federal, estatal y local. Además, la P320 ha sido sometida a rigurosas pruebas y actualmente la utilizan ejércitos y fuerzas del orden de todo el mundo.
Pruebas y informe del FBI
Un informe interno recientemente publicado por el Centro de Investigación Balística (BRF) del FBI ha creado cierta confusión y ha suscitado dudas sobre la seguridad de la P320. El FBI elaboró este informe para la Policía Estatal de Michigan después de que un agente se viera involucrado en un disparo accidental. Los ingenieros de SIG SAUER se reunieron con el FBI y la Policía Estatal de Michigan en varias ocasiones para revisar el informe y el incidente.
Finalmente, el FBI llevó a cabo una serie de pruebas más detalladas, repetibles y exhaustivas utilizando equipos compatibles. Las pruebas posteriores no dieron lugar a ningún fallo y la Policía Estatal de Michigan está ahora entregando con confianza a sus agentes pistolas P320.
El FBI BRF aún no ha hecho ninguna declaración oficial sobre la seguridad de la pistola P320 ni de ninguna de sus variantes. Sin embargo, instamos al FBI BRF y al director del FBI, Kash Patel, a que publiquen un informe completo de las pruebas y evaluaciones actualizadas de seguridad de la P320.
Departamento de Seguridad Nacional
Recientemente se publicó en Internet un memorándum interno del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE) en el que se afirmaba que la agencia iba a dejar de utilizar la P320.
Muchos medios de comunicación online se apresuraron a atribuir esta decisión al informe del FBI BRF mencionado anteriormente, lo cual es incorrecto. El DHS nunca ha planteado ninguna preocupación sobre la seguridad de la P320 y el ICE ha prorrogado su contrato con SIG SAUER por otros dos años.
Dado que el DHS aún no ha hecho ningún comentario público para corregir su memorándum filtrado indebidamente, ni ha realizado ninguna declaración que ponga en duda la seguridad de la P320, instamos ahora al ICE a que publique toda la información sobre las pruebas de la P320. SIG SAUER tiene el honor de seguir ayudando al ICE en su misión de proteger a Estados Unidos.

Fuerza Aérea de los Estados Unidos M18
Recientemente se produjo un trágico incidente en la base aérea F.E. Warren, en Wyoming, que causó la muerte de un aviador. Dado que el incidente involucró la descarga de una pistola M18 (basada en la P320), la Fuerza Aérea está llevando a cabo una evaluación de las pistolas M18 dentro del comando específico donde ocurrió el incidente.
Esta medida de precaución es un procedimiento estándar. Hemos ofrecido nuestra ayuda de forma proactiva al ejército de los Estados Unidos en la investigación del incidente. Contrariamente a lo que se ha publicado en varios informes en línea, las pistolas M17 y M18 (basadas en el modelo P320) siguen en servicio activo en todas las ramas del ejército de los Estados Unidos, incluida la Fuerza Aérea de los Estados Unidos, defendiendo la libertad en todo el mundo.
Tenemos plena confianza en la capacidad del ejército de los Estados Unidos para llevar a cabo una investigación exhaustiva e informar de sus conclusiones. A medida que obtengamos más información sobre la investigación, seguiremos proporcionando información actualizada.
Tras varios de estos informes inexactos, varios campos de tiro, proveedores de formación e instalaciones de entrenamiento tomaron la decisión reaccionaria de prohibir la P320 y su uso en sus instalaciones. Estamos trabajando activamente para proporcionar a estas personas información precisa, junto con una explicación detallada de la P320 y sus características de seguridad.
Si te ves afectado por la prohibición de la P320 en un campo de tiro o por un proveedor de formación, te rogamos que te pongas en contacto con el SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE SIG: 603-610-3000, opción 1, o que envíes un mensaje aquí para que podamos aclarar cualquier información errónea y proporcionarte la verdad.
La P320 NO PUEDE, bajo ninguna circunstancia, dispararse sin que primero se haya movido el gatillo hacia atrás.
Esto ha sido verificado mediante exhaustivas pruebas realizadas por los ingenieros de SIG SAUER, el ejército de los Estados Unidos, varias agencias policiales federales y estatales importantes y laboratorios independientes.
Este video ofrece una visión detallada de todas las características de seguridad de la P320 y proporciona una explicación detallada del funcionamiento del sistema de seguridad; para obtener más información sobre la P320, visita aquí.
Al igual que cualquier otra pistola, la P320 se disparará si se aprieta el gatillo hacia atrás. Por consiguiente, SIG SAUER sigue recordando a sus clientes, empleados y al público en general que deben seguir todas las prácticas de manejo seguro de armas que se detallan en los manuales de nuestros productos. La Academia SIG SAUER sigue siendo un recurso para los clientes, los empleados y el público en general, ya que ofrece diversos cursos de seguridad con armas de fuego.
Respetamos la preocupación del público y estamos trabajando activamente para proporcionar toda la información posible. Agradecemos sinceramente tu continuo apoyo a SIG SAUER e instamos a cualquier persona que tenga preguntas o inquietudes adicionales sobre la P320 y/o el manejo seguro de las armas de fuego a que se ponga en contacto con nuestro equipo de atención al cliente.
ANTRA publica este articulo a modo informativo y no emite opiniones o recomendaciones de ningún tipo.

Siempre hemos sostenido que la Ley de Control de Armas chilena es la más estricta de la región y una de las más estrictas del mundo, en realidad sólo la superan aquellas leyes que prohíben las armas en manos de civiles. Pero el ser estricta no la hace una buena ley, no la convierte en una ley fácil de aplicar, no la hace una herramienta eficiente, ni siquiera eficaz, en el combate al tráfico de armas y su uso por parte de delincuentes.
Pero también debemos ser justos, ya que la Ley de Control de Armas se pensó como una ley registral, que permitiera el registro de armas a inicio de los años 70, cuando no era necesario registrarlas. Que después se transformo en una ley restrictiva, que sólo impone sanciones y que invade distintas áreas que le corresponden a otras leyes, eso es un tema de otra conversación.
La Ley de control de armas es una ley anti armas, que pretende evitar que los ciudadanos posean armas en Chile, que además posee un reglamento complementario elaborado desde la ignorancia y el prejuicio.
Como si esto fuera poco se le entrega la coordinación y supervigilancia a una institución que depende del Ministerio de Defensa Nacional y está conformada por militares. Pero la implementación y la fiscalización se le entrega a Carabineros, la policía militarizada que depende del Ministerio del Interior. Y ninguna de ellas dialoga con la otra, se mandan circulares, memos, oficios y cuanta guarifaifa escrita sea posible, pero no dialogan, no llegan a acuerdos y cada una hace lo que quiere.
En el medio de esta relación casi esquizofrénica estamos nosotros, los usuarios de armas de fuego, aquellos que cumplimos con requisitos absurdos, que pagamos altos impuestos disfrazados de tasas de derechos, que somos vistos con desconfianza por el gobierno, por la Dirección General de Movilización Nacional, particularmente mal vistos por Carabineros y prejuzgados por una Contraloría General de la República que señala que la falta de fiscalización podría terminar en que nuestras armas sean mal utilizadas o terminen en manos de delincuentes.
El reglamento ha invadido áreas que están fuera de su ámbito de acción, cuando ha pretendido regular las dimensiones de los campos de tiro; determinar las medidas de seguridad de uno de los deportes más seguros en nuestro país; criminalizó a los herederos, que muchas veces no saben de la existencia de armas de propiedad de su pariente fallecido, pero el reglamento fijó multas para ellos e incluso denuncias al ministerio público; pretende este reglamento decidir si las organizaciones deportivas pueden “funcionar como tal”, estas organizaciones están reguladas por la Ley del Deporte, una ley de mayor jerarquía que la misma ley de control e armas, peros las autoridades fiscalizadoras y el ignorante que redactó el reglamento complementario pretenden decidir si podemos o no funcionar.
El Informe N°930 emitido por Contraloría el 12 de junio de 2025, señala una serie de irregularidades en la AF028 y en la Prefectura de Control de Armas de Carabineros. Señalan que no se han hecho denuncias a la justicia por herederos que no han regularizado sus armas; tampoco se ha denunciado a los propietarios que no estaban al momento de la fiscalización; que no han retirado armas de personas fallecidas; que no han sancionado a quienes no han avisado a tiempo cambios de domicilio, y un largo etc. Que sólo pretende apretar a los propietarios de armas legales en Chile.
Sin embargo, no señalan nada sobre las armas retiradas a sus propietarios con engaños por las Autoridades Fiscalizadoras, cuando los hacen firmar actas de entrega voluntaria o cuando se llevan armas sin resolución o instrucción judicial, muchos menos mencionan la falta de rendición de carabineros de los dineros que reciben por la ley de control de armas.
Entre enero de 2021 y julio de 2024 carabineros recibió 11 mil 745 millones de pesos, correspondiente al 50% que la ley les asigna por ser autoridades fiscalizadoras. Según nos informó Carabineros por ley de transparencia, en ese mismo período, se gastaron 6 mil 344 millones de pesos, teniendo un saldo operacional de 5 mil 401 millones de pesos sin gastar. Insistiremos en que se nos informe el resto de las rendiciones a junio del 2025. Lo mismo le hemos solicitado a la Dirección General de Movilización Nacional, que dispone del otro 50% de los dineros recaudados por tasas de derechos de la Ley de Control de Armas.
En ninguna parte del informe se le pregunta a la Prefectura de Control de Armas de Carabineros por el arriendo de vehículos entre enero de 2023 y julio de 2024 por 988 millones de pesos; pareciera que tampoco les interesó que sólo para esta prefectura exista un costo de electricidad de 59 millones de pesos en 2 años y medio; tampoco generó interés el hecho de que en 2021 se contrataran CPR por un valor de 1.200 millones y en 2023 por 1.800 millones y otros 27 millones en administrativos. CPR en Carabineros se refiere a personal contratado por resolución, un tipo de contratación civil dentro de la institución.
Pareciera que el informe de contraloría carece de imparcialidad o, que al menos, tiene un sesgo que busca cargarle la mano solo a los dueños de armas. Darle una vuelta más a la tuerca que ya nos tiene extremadamente apretados por una ley hecha a la rápida sin mayor análisis, un reglamento elaborado por ignorantes y un gobierno que al igual que todos los últimos gobiernos está mal asesorado en materias de control de armas y seguridad pública.
No son tiempos fáciles para cumplir una ley deficiente, pero debemos cumplirla igual. Sean precavidos, acredítense uno o dos meses antes de la fecha de vencimiento y sin son de Santiago soliciten la hora al menos con 6 meses de anticipación. Debemos hacer notar que esta ley y su reglamento, con el aporte de las Autoridades Fiscalizadoras, han logrado generar la segunda lista de espera más extensa de los servicios públicos después de las de la salud pública. Con la diferencia que en nuestra lista de espera la gente no muere, sino que las denuncian a la justicia para que los acusen de algún delito.
Esta relación esquizofrénica entre la Dirección General de Movilización Nacional y las Autoridades Fiscalizadoras en manos de Carabineros genera inseguridad entre los dueños de armas. Pero este proceso ha ido generando, a su vez, certezas: Por ejemplo, ¿alguno de ustedes duda que con 6 mil millones al año se podría montar una agencia pública que se dedique profesionalmente al control de armas? Una agencia como el Registro Civil, que finalmente sólo deben recibir los papeles que presentamos y validarlos antes sus propios registros, y que carabineros y la PDI hagan las fiscalizaciones usando las mismas patrullas de las unidades policiales que usan hoy en día sin gastar un peso más.
Nos ahorraríamos dinero, sería más eficiente, amigable con el usuario y sin duda imparcial.
Recuerden que organizaciones como ANTRA, FECHITIDE siempre estamos dispuestos para ayudar y defender nuestros derechos.
Un abrazo, cuídense, cumplan con la ley, prepárense en el uso de sus armas.
Cristian Gamboa Beltramín, presidente ANTRA Chile.

Este es un informe de auditoría a AF028 por parte de la Contraloría General de la república.
Efectuar una investigación especial a los procedimientos de control de armas efectuados por las Autoridades Fiscalizadoras (AA.FF.) de Carabineros de Chile, en cumplimiento de las funciones asignadas a través de la ley N° 17.798, que Establece Control de Armas, y su reglamento complementario aprobado a través del decreto N° 83, de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional.
La finalidad de la revisión fue determinar si la Autoridad Fiscalizadora N° 028, Comisaría N° 68ª, de Control de Armas y Explosivos, ha realizado las fiscalizaciones asociadas a los programas “Armas inscritas vigentes a nombre de personas fallecidas” y “Plan Calle sin Violencia” para el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2024, cumpliendo la normativa que la regula.
Todo lo anterior, en concordancia con la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
Al respecto, la institución policial deberá en lo sucesivo aplicar las medidas pertinentes a fin de que las denuncias en casos de armas no habidas en los domicilios y armas inscritas a nombre de personas fallecidas que no han sido transferidas sean realizadas oportunamente en las instancias correspondientes, previniendo situaciones de tenencia ilegal de estas especies.
En relación con las observaciones de que da cuenta este informe, relativas a incumplimientos legales, inconsistencias, falta de acreditación, entre otros, referidos al control de armas y municiones que le corresponde llevar a cabo a esa institución policial, esta Contraloría remitirá el presente documento al Ministerio Público, para los fines pertinentes, de acuerdo con sus facultades.El Reglamento Complementario fue modificado en diciembre de 2023 por medio del Decreto 32 que modificaba al Decreto 83 que dio origen al Reglamento.
Enlace al Informe de Auditoría 930-24 de la Contraloría general de la República sobre la AF028.

OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS AL REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DE LA LEY DE CONTROL DE ARMAS
El 10 de julio de 2024, en una reunión con el director de la DGMN, Jorge Hinojosa Riquelme y el jefe del DECAE, David Rojas González, entregamos un documento conteniendo nuestras observaciones y propuestas de modificación al Reglamento Complementario de la Ley de Control de Armas.
Un año después hemos vuelto a reiterar nuestras observaciones en un trabajo que nace del conocimiento que poseemos de la realidad que se vive en cada rincón del país. Diariamente recibimos reportes de nuestros asociados, deportistas, cazadores, coleccionistas, dueños de armas de defensa, comerciantes e importadores. Ellos detallan los problemas que, desde el punto de vista del usuario, les toca experimentar y también reportan la sensación que existe en las AAFF respecto a un reglamento de difícil aplicación, poco claro y demasiado especifico en las restricciones.
Todo esto es respaldado por múltiples organizaciones del mundo del tiro, lideradas por tres organizaciones principales:
No pretendemos hacer acusaciones o levantar sospechas sobre determinados actos de la DGMN o las AAFF respecto de los usuarios, sólo evidenciamos la casuística del día a día, no tenemos dudas, tenemos certezas. Por ejemplo, tenemos la certeza que hoy la relación entre la DGMN y las AAFF, en manos de Carabineros, cruza por uno de sus momentos más álgidos. Las AAFF simplemente no responden a la coordinación que por ley le corresponde a la DGMN y hacen interpretaciones y aplicaciones equivocadas de la ley y su reglamento.
En el documento entregado hacemos 139 observaciones y 164 propuestas al Reglamento Complementario vigente, 80 de ellas son prioritarias y requieren solución inmediata, 26 es necesario solucionarla en el corto plazo, 50 en el mediano plazo y 8 no son prioritarias, pero requieren algún grado de solución.
Por ejemplo, entre las urgencias a solucionar de inmediato están, entre otras:
Observaciones como estas hay decenas, sólo hemos enumerado algunas, que no necesariamente son las más importantes, ese detalle está en el documento adjunto.
También hemos identificado una serie de trámites que son posibles implementar en línea, ayudando a descongestionar las AAFF y que no se produzcan los retrasos que hoy tenemos. Pero esa conversación la tendremos cuando veamos resultados respecto a lo que hoy nos convoca.
Desde la entrega del documento original en julio del 2024 hasta la fecha, no tuvimos resultado alguno, el reglamento se ha mantenido y aplicado generando situaciones graves en todo el país, desde retiro irregular de armas por parte de funcionarios de las AAFF, hasta cancelaciones de inscripciones sin el debido proceso y lo que esta expropiación implica.
Tenemos en el sur de Chile una prohibición de actuaciones de todos los dueños de armas y de todas las organizaciones deportivas dentro de las zonas en estado de excepción. Y ha sido la DGMN la que ha insistido en mantener esa prohibición sin ninguna prueba empírica de que ha servido de algo para detener la violencia en esas zonas. Con ellos suponen que nuestra gente, los que inscriben sus armas y respetan la ley, son quienes provocan esa violencia. Otra acusación gratuita que ya no pueden justificar ni sostener.
En cada una de las reuniones que hemos sostenido, hemos planteado nuestro ánimo de colaborar, desde la firmeza de nuestras convicciones, pero también con la voluntad de llegar a acuerdos que nos permitan transitar un camino seguro y cordial, sea con la DGMN u otro servicio público que se pueda hacer cargo de las Ley de Control de Armas.
Como resultado de nuestra entrega del documento con las observaciones, hemos obtenidos algunos acuerdos con la DGMN:
Aquí podrán descargar el documento que entregamos en la DGMN.
Un abrazo fraterno.


Por Cristian Gamboa Beltramín
Desde que Carabineros asumió el manejo de las Autoridades Fiscalizadoras, AAFF, supimos que habría un cambio y no sería positivo. Efectivamente en un principio, fueron los problemas normales de quienes se hacen cargo de una tarea en la que no tienen experiencia, pero luego comenzaron a aplicar normas que no estaban en la ley y su reglamento.
Nos pedían las vainillas de la munición que disparábamos, nos preguntaban para que queríamos tanta munición, que por vivir en un barrio peligroso no le darían permiso a una persona para inscribir un arma y un largo e incomprensible etcétera.
Meses después ya teníamos claras las metas de estas nuevas AAFF, comenzar un desarme lento por medio de dificultarle al ciudadano la inscripción de armas. Nació el biométrico, hubo resoluciones, actos administrativos y una seguidilla de errores de criterio y juicio que tuvimos que salir a denunciar para defender a nuestros usuarios.
Hoy, a casi 18 años en que la DGMN le entrego el manejo de las AAFF a Carabineros, los problemas no disminuyen, sino que aumentan. ¿Qué dice la Ley?:
El Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección General de Movilización Nacional estará a cargo de la supervigilancia y control de las armas, explosivos, fuegos artificiales y artículos pirotécnicos y otros elementos similares de que trata esta ley.
Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, la Dirección General de Movilización Nacional actuará como autoridad central de coordinación de todas las autoridades ejecutoras y contraloras que correspondan a las comandancias de guarnición de las Fuerzas Armadas y autoridades de Carabineros de Chile y, asimismo, de las autoridades asesoras que correspondan al Banco de Pruebas de Chile y a los servicios especializados de las Fuerzas Armadas, en los términos previstos en esta ley y en su reglamento.
Esto fija jerarquía y dependencia, se establece quien manda. En la práctica la relación ha sido casi esquizofrénica, carabineros ha ignorado instrucciones de la DGMN y cometido grandes errores que hemos debido judicializar.
Y en el medio de esto, nosotros, los usuarios que, enfrentados a un mismo trámite, en Arica, Santiago, Osorno y Punta Arenas, nos piden distintos requisitos. Estas disparidades de criterios podrían haber sido casuales e inadvertidas por carabineros, los primeros dos años. Pero ya llevamos 18 años y lejos de mejorar ha ido empeorando.
En la AF de La Serena fueron a fiscalizar a un usuario que no estaba en la ciudad y por lo tanto no se podía practicar la fiscalización, pero le hicieron firmar el acta de fiscalización a su esposa, sin ver las armas. Cuando el dueño concurrió a la AF, le dijeron que efectivamente era un error, pero ya que estaba ahí le hicieron firmar un acta de inspección en la oficina de la AF sin revisar una sola de las armas.
En Coyhaique, un antiguo deportista llevo una maquina al banco de pruebas para inscribirla y regularizarla, era el regalo de un amigo que había fallecido. Como naturalmente la máquina tenía restos de pólvora, asumieron que había sido utiliza y la declararon prohibida y la retuvieron. No contesta con eso la encargada de la AF concurrió al domicilio de la persona y se llevo todas las armas y municiones y lo denuncio al Ministerio Público. Cometiendo irregularidad tras irregularidad.
En Curicó a una persona que tenia una escopeta de un cañón, lo fiscalizaron, se llevaron el arma porque su acreditación estaba vencida, pero no llevaban ninguna resolución que lo ordenará. El usuario fue al psiquiatra hizo el curso y no lo dejaron acreditarse porque estaba “bloqueado”, le entregaron una resolución para retirarle el arma que ya le habían retirado, apelamos y la misma persona que firmo la resolución para retirarle el arma, firmo la resolución que termina el proceso y le devolverle su arma. Algo que cuesta entender.
Carabineros en cada resolución que emite, en cada acto administrativo que desarrolla, viola sistemáticamente la ley 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
En las AAFF, de Arica a Punta Arenas hay funcionario que siempre atienden bien y a ellos los felicitamos en privado, porque cuando lo hemos hecho públicamente, a los días los sacaban de atención al público. Parece que atender bien y ayudar a los usuarios no es la política de los funcionarios a cargo de las AAFF.
Pero esto tiene otra arista, la económica. Carabineros por mandato de la Ley recibe el 50% de lo que se recauda por tasas de derechos, ese impuesto disfrazado que pagamos cada vez que respiramos dentro de una AF.
Entonces la DGMN entre enero de 2021 y julio de 2024 le transfirió a carabineros la suma de $11.745 millones de pesos, de los cuales carabineros solo ha rendido $6.344 millones de pesos ¿y los otros $5.400 millones de pesos?, algo no huele bien aquí.
De esos $6.344 millones de pesos, 59 millones es por gastos de electricidad, 20 millones por agua, 127 millones por combustible, 988 millones por arriendo de vehículos, 3.126 millones por contratos de CPR, estos funcionarios ex carabineros que han sido recontratados para labores puntuales.
Hemos solicitado las mismas rendiciones a la DGMN, para saber que hace con su 50% y que claramente no se gasta en infraestructura informática y mucho menos en diseñar, implementar y montar un sistema de base de datos fuerte, seguro y sobre todo eficiente y confiable.
Pero en esta estructura de poder, la DGMN ha cedido terreno a carabineros, al punto que cuando pedimos reuniones por ley del lobby el general director Jorge Hinojosa nos deriva a carabineros porque es de su competencia.
Y vuelvo a citar la ley:
La Dirección General de Movilización Nacional actuará como autoridad central de coordinación de todas las autoridades ejecutoras y contraloras que correspondan a las comandancias de guarnición de las Fuerzas Armadas y autoridades de Carabineros de Chile.
¿Quién manda aquí?

Artículo de Randy Wakeman, traducido y revisado por Carlos Nesci para AIRE LIBRE
Hace tiempo que quiero tocar este tema de una manera concisa. En realidad es como una deuda de gratitud hacia Brister, Brindle, Zutz y otros estudiosos compañeros por ofrecer su punto de vista sobre este tipo de armas y de los diversos matices entre sus diferentes tipos de acciones. Por su puesto que tengo mis favoritas, pero eso no me prohíbe el uso de escopetas diferentes y sobre todo, entender y reconocer las razones por las que cada una tiene su propio sequito de admiradores.
A menudo, se escucha la noción de “fiabilidad”, un tema muy discutido, por lo general con fines de marketing, más que nada. Todos los tipos de escopetas modernas tienen – potencialmente – suficiente fiabilidad en condiciones normales de uso en tiro y caza; siempre y cuando se mantengan adecuadamente. Todas las escopetas tienen piezas que sufren desgaste: muelles, pasadores y bujes, entre otros. Para asegurar absoluta confiabilidad se requiere de inspección periódica, mantenimiento y reparación. Todos los tipos de escopeta tienen igual fiabilidad en un sentido concreto cuando se los utiliza dentro de sus especificaciones de uso. Siempre bajo la suposición de que el producto original fue correctamente torneado, montado e inspeccionado.
La acción de Bomba /Trombón / Corredera (Pump Action/ A pompa)

Las armas de bomba son descriptas como un fenómeno exclusivamente estadounidense – según mucha gente que con desdén y esnobismo pareciera querer descalificar a esta acción -. No obstante, la eficacia del sistema está fuera de toda discusión.
A través del tiempo fueron armas confiables y muy económicas. Sin embargo, muchas semiautomáticas tampoco deberían ser sustancialmente más caras de producir. Todas las armas se pueden suministrar con piezas de plástico y madera de cajón. Pero pareciera que el fenómeno del abaratamiento le ha pegado más a este tipo de acciones que a otras (a excepción de las de cerrojo y las de quiebre de un solo caño, destinadas solo a principiantes, tema que no hemos de tratar aquí).
Los consumidores siempre influyen sobre lo que el mercado nos terminará ofreciendo y con demasiada frecuencia tienden a ignorar la única cosa de valor que queda después del final de la jornada de tiro: la propia arma de fuego.
Pero volvamos al arma. Después de acostumbrarse a este tipo de acción, el funcionamiento se convierte en intuitivo y automático. Lo suficientemente rápido como para recargar con velocidad, y la mayoría de las bombas tienden a trabajar por si mismas, expulsando las vainas después de cada disparo, en el momento que la acción desbloquea. Al tener un solo caño ofrece mucha más visión que una escopeta de caños paralelos.
Mientras que el sol dejó de iluminar a algunas de las grandes escopetas de tiempos pasados (Winchester Modelo 12, Remington Modelo 31, Ithaca Modelo 37), dos armas de fuego permanecen en el podio y son las que yo considero muy bien diseñadas: la Browning BPS de eyección inferior, y la Remington 870 de eyección lateral. Ambas son grandes armas, cuya velocidad de disparo ofrece la oportunidad de una tercera paloma. Cualquiera de las dos, con cuidados mínimos, son armas para toda la vida.
Acción Semiautomática ( Semi-Auto Action/ Azione Semiautomatica)

Tal vez la más icónica de todas ellas, la Browning A-5 ya ha sido discontinuada. Pero, en mi opinión, resultaría prematuro que sus fanáticos adoradores la consideren legendaria. Para ser una leyenda o en un sello de correos en general, uno tiene que estar muerto y mi A-5 está muy lejos de eso.
La acción por gases amortigua el retroceso como ninguna otra, y la sensación que rondó por los círculos de tiro de que eran “poco fiables” se disipó totalmente. El Mayor Garand, Mikhail Kalashnikov y Eugene Stoner exhibirían una burlona sonrisa ante la extraña idea de que las armas de acción a gas tienen menos prestaciones que las de acciones fijas convencionales.
En mi opinión, las mejores escopetas semiautomáticas disponibles en la actualidad, son las series Browning Gold y Beretta 390-391. El gran beneficio de esta acción es su capacidad para reducir dramáticamente la energía generada por el retroceso, que en inglés se denomina “ felt recoil”. Hay gente muy sensible al efecto del retroceso. La sensación que produce no ayuda a efectuar los disparos correctamente y para quienes se ven muy afectados por el “ felt recoil” nada mejor que una escopeta semiautomática.
La Superpuesta (Over – Under / Sovrapposto)

Alguna vez considerada una aberración horrible en comparación con las bellezas de doble caño británicas, hoy se ha convertido en algo así como un símbolo de estatus, al menos para aquellos que buscan estatus. La mayoría de los tiradores han adoptado el plano de la banda solista, abandonando el de la unión de semicírculos creado por los dos caños y aunque necesitó un tiempo muy largo para la aceptación general (a las superpuestas de John Browning les tomó décadas instalarse en el mercado) la superpuesta es, hoy en día, la escopeta de moda entre los tiradores.
Las escopetas de quiebre de cañón pueden ser una desventaja en el apostadero de patos o en un enfrentamiento y además, al igual que todas las armas de acción fija, la energía del retroceso viene directamente de vuelta sin atenuación. Pero, el funcionamiento silencioso ( de la acción mecánica) es de gran atractivo. A esto se suma su estética, quizás muchas de las mejores presentaciones – de la madera y el grabado – se encuentran en los modelos de caños superpuestos y en algunos casos, hasta los mejores gatillos del mercado.
El clic-clic de una superpuesta en comparación con el rascado y raspado del funcionamiento de las de trombón (que algunos consideran desagradable) y semiautomáticas inclina sensiblemente las preferencias por este tipo de escopetas. A esto se suma su perfil delgado – por el apilado de los cañones – morfología que resulta sumamente apreciada por muchos tiradores.
Muy buenos productos de este tipo de armas son ofrecidos por Browning, Kamen, Kreighoff, Beretta y algunas de las diversas variantes de la familia RIZZINI. Si se aspira a más entoces hay que pensar en: Boss, Holland & Holland, Purdy, Famars, Perazzi, o Fabbri, simplemente, no hay mejores.
La Paralela (Side-by-Side/ Doppietta)

Pocos son, hoy en día, los que pueden darse el lujo de adquirir una doble “ London Best Quality” pero no por eso vamos a ignorar la belleza de sus esbeltas líneas.
Hay mucha experiencia y sabiduría puestas en el diseño de un arma de caza. Su equilibrio y feeling en nuestras manos y la sensación de vivacidad de un arma que se encara con naturalidad y apunta a donde debe, son el resultado final que de ella puede esperarse. Eso sí, la liviandad y vivacidad deben convivir con el retroceso. A menor masa del arma mayor retroceso.
Si el diseño te gusta y la sentís de tu agrado probá con la versiones italianas y españolas que han adoptado la idea inglesa y desarrollaron armas de muy buena calidad y precios convenientes. Eso sí, adoptá cartuchos de carga liviana para mitigar el retroceso.
Para la caza de pluma, cartuchos de 28g en calibre 12 ó 16 y de 24g en calibre 20, serán más que suficiente para alcanzar muy buena performance sin padecer retroceso excesivo. Según nuestra data, un incremento de estos valores no es proporcional a su eficacia en el campo.
Muchas escopetas americanas han resultado ser “no muy buenas”pero sí muy voluminosas, comparadas con las inglesas.
Una escopeta ágil para el tiro al vuelo requiere mínimo espesor en las paredes de los cañones y acciones angostas. Su construcción artesanal y el preciso regulado de los cañones para su convergencia, lo hacen un producto de mano de obra intensiva y especializada y, por ende, de alto costo de producción. Los fanáticos de estas armas aseguran sentir la diferencia.
Algunas de las mejores armas dobles hechas hasta ahora se fabrican en el Reino Unido (Purdy, Holland & Holland, Boss, Wilkes, Evans, McKay Brown, Dickson, et al), Italia (Famars, Fabbri, Piotti), España (Arrizabalaga, Grulla, Arrieta, Garbi, AyA), Alemania (Merkel, Sauer & Sohn, Kreighoff) y, sí, en los EE.UU. (AH Fox, Modelo 21).
Conclusión
Lamentablemente y como en muchos otros casos, las escopetas que nos ofrece el mercado son las que, de una u otra manera, les pedimos. Sí, nuestro dinero es quien les dice a los fabricantes de armas qué es lo que estamos dispuestos a gastar y a comprar. Quizás sin darnos cuenta hemos votado entonces por el precio y no por la calidad.
. “Ten cuidado con lo que pides, que quizás puedas conseguirlo” dice un viejo refrán, y de alguna manera sirve para graficar lo que hoy tenemos. Quizás en demasía para mi sensibilidad. Una escopeta es más que un martillo o la estaca de la carpa, por lo menos puede y debe ser. Es una combinación de sensaciones: equilibrio, calce, confianza y orgullo. Por lo menos puede ser, si eso es lo que buscamos. Pensemos cuando compramos qué es lo que le estamos diciendo al fabricante.
Las cuatro acciones tienen su propio conjunto de atractivos intrínsecos. Si Ud. es del tipo de persona que va a lo seguro y quiere marcar el paso en lugar de que lo haga su automática, entonces la escopeta de bomba o corredera es para Ud.; le permitirá involucrase más con el funcionamiento de su arma que las restantes acciones.
Si es un tirador romántico, privilegia el estilo, caza plumas y no le molesta el retroceso, la doble debería entrar dentro de sus consideraciones.
A quien le guste cazar patos o palomas, sin ninguna duda debe orientarse por las semiautomáticas.
Las superpuestas son polivalentes y con un buen set de chokes permitirán practicar todas las versiones de caza y tiro deportivo. Seguramente, si luego nos dedicamos a algún tipo de tiro específíco tendremos que adquirir un arma de competición para esa disciplina.
Analicen las 4 opciones, pruébenlas en el campo o en su club de tiro y hagan su elección.

Hemos establecido un convenio con GunPlanet.com, este permitirá que nuestros asociados y seguidores dispongan de un sitio, de confianza y seguridad, para poder comprar y vender armas de fuego y sus accesorios.
El objetivo básico es entregarles a los legítimos propietarios de armas o a sus herederos, una herramienta que les permita comercializar armas de fuego y accesorios. Para esto deben registrarse en el link que les adjuntamos al final de esta nota.
Este convenio se pensó para solucionar cuatro problemas reales:
Esperamos que este convenio les sea de utilidad y que le saquemos todo el provecho que sea posible.
Respecto a las armas heredadas que la autoridad intenta desesperadamente retirar y enviar a destrucción, queremos poner sobre la mesa el termino “EXPROPIACIÓN”. Las armas son parte del patrimonio económico y en muchos casos histórico de las familias.
Pueden registrarse en: https://gun-planet.antra.cl


Por Cristian Gamboa Beltramín – Presidente ANTRA Chile
El 4 de junio de 2019 la Contraloría General de la República emitió el informe N°899/2019 sobre auditoría al proceso de inscripción, custodia y destrucción de armas en la Dirección General de Movilización Nacional. En un oficio, el entonces contralor Jorge Bermúdez le informaba al ministro de defensa de la época, Baldo Prokurica de las conclusiones de este proceso de auditoría.
Un oficio similar recibiría el director de la DGMN de la época, Hugo Lo Presti Rojas, en el que se señalaba que debía “adoptar las medidas pertinentes, e implementar las acciones que en cada caso se señalan, tendientes a subsanar las situaciones observadas”.
Algunas de las observaciones eran las siguientes:
Y en julio de 2024, la Contraloría general de la República emitió el informe N°195/2024, de la misma forma se le envió oficio a la ministra de defensa Maya Fernández y al director general de la DGMN, Jorge Hinojosa Riquelme, quien actualmente continua en el cargo.
Esta vez las observaciones, además de reiterar algunas de las contenidas en el informe de junio de 2019 y que aparentemente nunca fueron corregidas, se enumeraban las siguientes:
Las conclusiones de Contraloría son lapidarias y reflejarían que la institución a cargo del control de armas en Chile, no solo estaba haciendo un trabajo deficiente. Sino que, además, se habrían cometido irregularidades. Señala la Contraloría que:
Las respuestas de la DGMN rayan en la comedia. “No mire, de las 18 personas fallecidas que compraron fuegos artificiales y municiones, sólo 11 estaban fallecidas y las otras 7 siguen vivas” o “nos equivocamos al digitar”; “es que nos equivocamos de rut al digitar el rut del médico psiquiatra y por eso aparece extendido por un profesional que estaba muerto”.
Muchas de las observaciones efectuadas por Contraloría podrían ser consideradas delitos, al menos “alguien” miro para el lado o hizo caso omiso de una situación, por decir lo menos, “extraña”.
¿Pero porque les cuento esta complicada historia?
Porque el Código Penal, en su artículo 175 señala que Carabineros, Policía de Investigaciones, Gendarmería, Fuerzas armadas, fiscales y demás empleados públicos, tiene la obligación de denunciar los hechos de su conocimiento y que podrían tener carácter de delito.
El plazo determinado para hacer esta denuncia lo señala el artículo 176 del mismo código penal. 24 horas desde que toman conocimiento.
En nuestra primera reunión con el director de la DGMN, cuando recién asumió el cargo, se lo dijimos claramente, aquí hay que hacer denuncias y perseguir a quienes miraron para el lado en las autoridades fiscalizadoras. Evidentemente no nos escuchó.
En agosto de 2024 solicitamos a la DGMN copia de las denuncias efectuadas al ministerio publico por los hechos reflejados en los informes de Contraloría señalados y preguntamos si se habían efectuado sumarios, además de pedir las copias de las conclusiones de dichos sumarios. Básicamente nos respondieron tres cosas:
Nunca se nos respondió explícitamente sobre la consulta por posibles denuncias al Ministerio Publico, como obliga el código penal. Solo se nos hizo llegar un “Acta de búsqueda de documentación”, donde en el párrafo final se señala, y cito textualmente:
“Del resultado de la búsqueda física efectuada en los archivos de documentación pasiva, se pudo constatar que no existe la documentación solicitada, por lo tanto, no es posible hacer entrega de copias de los documentos solicitados”.
En resumen, se nos dijo: “No, no se hicieron denuncias”. Pero nunca de manera explícita. No asumen responsabilidad.
Claramente, quedan muchos temas por tratar con respecto a la Dirección General de Movilización Nacional, por ejemplo, las rendiciones tanto de la propia DGMN como de Carabineros de los fondos de ley.
La insistencia en mantener prohibiciones de actuaciones de la gente que tiene armas en las zonas de excepción en el sur de nuestro país. Algo que fue decretado por un director anterior de la DGMN, pero que el actual director no ha querido derogar.
Y los incentivos al retiro: funcionarios del ejercito que son recontratados por la DGMN por unos años, para luego irse con millonarios incentivos al retiro muy superiores al de los funcionarios civiles de esa misma institución, también se lo señalamos al director, pero como muchas otras reuniones que tuvimos, pareciera que las olvido.
Los informes de Contraloria:
Nuestra consulta y las respuestas de la DGMN:
El Reglamento Complementario fue modificado en diciembre de 2023 por medio del Decreto 32 que modificaba al Decreto 83 que dio origen al Reglamento.