Torneo Argentino de Long Range – Primera Edición

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Información publicada en FullAventura.com

Inscripción Abierta para 19 y 20 de Noviembre, Magdalena – Buenos Aires

Llega la Primera Edición del Torneo Argentino de Long Range, a realizarse en la localidad de Magdalena, Provincia de Buenos Aires los días 19 y 20 de Noviembre de 2022.

La inscripción para el Torneo Argentino de Long Range está abierta a todos los Legítimos Usuarios, Personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad. Hay cupos limitados y todos aquellos que se inscriban antes del 28 de octubre acceden a una inscripción bonificada. A continuación brindamos la información completa del evento, servicios, valores, contactos y también el reglamento.

Torneo Argentino de Long Range 2022

El Torneo Argentino de Long Range, está abierto a todos los Legítimos Usuarios, Personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad.

Inscripción y Registración

Cada Equipo participante se conformará por dos (2) individuos con dos (2) roles distintos, un (1) Tirador y un (1) Spotter.

El esquema del Torneo se basa en dos (2) Categorias: Calibre Liviano y Calibre Pesado.

La Tarifa de Inscripción dá derecho al Equipo a registrarse para participar en una (1) categoría, si deseara competir en ambas, deberá entonces volver a registrarse y abonar nuevamente la tarifa.

Se permite el cambio de puesto/rol dentro del Equipo, el cual se considerará como un Equipo distinto, lo que implica que se debe registrar y abonar una nueva inscripción.

Si un Tirador registrado y que por circunstancias no previstas, no pueda disponer del acompañamiento de un Spotter, podrá solicitar que un competidor registrado lo asista durante su turno de Tiro, conformando así un nuevo Equipo, el que deberá ser registrado y deberá abonarse una nueva inscripción.

Al registrarse, cada miembro del Equipo, esta explícitamente aceptando tanto las Reglas del Evento como el manejo de su información personal incluyendo el uso de imágenes y/o videos para uso por parte del Organizador.

Los miembros del Equipo garantizan que los datos personales facilitados en el formulario son verdaderos y precisos, aceptando incondicionalmente todas y cada una de las decisiones tomadas por el Organizador con respecto al evento.

Contactos

Marcelo Amitrano
torneoulra@gmail.com
1153388555

Cristian Giorgi
torneoulra@gmail.com
1164400042

Categorias y Esquema de Tiro

Calibre Liviano: se permite el uso de cualquier cartucho, siempre que el diámetro del culote de la vaina sea igual o inferior al .308 Winchester (0.473”).
Las distancias de esta categoría van desde los 450 hasta los 1000 metros.

Calibre Pesado: se permite el uso de cualquier cartucho, siempre que no supere el diámetro del proyectil, el nivel de velocidad y energía iniciales del .338 Lapua Magnum (munición Factory).
Las distancias de esta categoría van desde los 850 hasta los 1500 metros.

En ambas categorías se disparará sobre cuatro (4) blancos un máximo de cinco (5) veces por blanco, comenzando por el blanco más cercano y se proseguirá en orden creciente hasta completar los veinte (20) disparos, más un (1) disparo al blanco “Coldbore”, totalizando así veintiún (21) disparos.

No es indispensable impactar los cinco (5) disparos por blanco para continuar con el siguiente, pero si es necesario realizar los cinco (5) intentos, dentro del límite de tiempo del Match.

Las distancias exactas a todos los blancos y el tamaño de los mismos se dará a conocer el mismo día del Match.

El tiempo máximo para ejecutar el esquema del Match, es de nueve (9) minutos por Equipo. Se dispondrá de cinco (5) minutos adicionales en la preparación del equipamiento en la línea de tiro.

El Orden de Tiro será asignado por sorteo al inicio del día del Match, no pudiendo cambiarse por ningún motivo una vez asignado por las Autoridades del Match.

Especificaciones del Equipamento

Para ambas categorías se permiten únicamente fusiles de operación a cerrojo de repetición manual. No hay límite para el largo del cañón o capacidad del cargador. No se permiten los llamados “Rail Guns”.

Se permite el uso de cualquier tipo de Bípode, el que deberá estar anclado al fusil, por intermedio del porta anillas o accesorio del tipo Picatinny.

El apoyo trasero del fusil estará dado por Bolsas de tiro rellenas de arena y/o microesferas de poliestireno, sin restricción de peso.

El único apoyo trasero mecánico permitido es el del tipo Monópodo.

Se permiten el uso de tablas niveladoras en la parte delantera de la superficie de tiro en pedana, que no podrán tener tornillos de nivelación, ni protuberancias debiendo ser planas totalmente en su parte inferior como superior.

El Tirador deberá adoptar la posición de tendido para competir y únicamente su Spotter podrá hacer uso de un asiento o taburete. Solamente el Equipo y los Jueces podrán estar en el mamelón al momento de iniciar el Match.

El peso total y legal del fusil para competir en ambas categorías estará limitado a los doce (12) kilos, incluyendo la óptica, cargador a utilizar, monopod y bípode.

Interrupciones Mecánicas y Condiciones de Tiro

Un fusil que falla repetidamente podrá ser retirado del Campo de Tiro a discreción del Oficial de Campo o el Director del Match. Un fusil deshabilitado, es aquel que:

  • A: no se puede apuntar correctamente o disparar con seguridad.
  • B: tiene o sufrió daños de modo que no pueda ser disparado correctamente.
  • C: tiene o sufrió daños o pérdida de una mira.
  • D: Las miras ópticas mal ajustadas o mal reguladas no constituyen un fusil deshabilitado.
  • E: cualquier gatillo con funcionamiento defectuoso.

Un fusil una vez declarado deshabilitado por el Oficial de Campo o Director del Match no podrá utilizarse de nuevo hasta que se haya corregido la falla y haya sido declarado seguro por el Oficial de Campo o Director del Match. No se otorgará tiempo adicional para reparar las fallas mecánicas, debiendo el Equipo intentar solucionar el problema sin ayuda externa.

Puntaje y Condiciones de Tiro

El Match no se suspende por lluvia y quedará a criterio del Organizador suspender y/o reanudar el Match de acuerdo a condiciones climáticas excepcionales.

Se aplicará la siguiente fórmula de puntaje (distancia en Metros)

Puntaje por Impacto = Int((Dist * ((Dist + 100) / 1500)) / 2)

El orden de mérito del Match se define en orden decreciente, en base al puntaje acumulado por cada Equipo. En caso de empate del puntaje acumulado, el Tiempo empleado, se sumará al Puntaje para determinar el mérito final.

Protestas y Normas de Seguridad

Protesta: Todo Equipo tiene derecho a presentar una protesta. La Tarifa de la protesta será informada por el Organizador antes de que comience el Match.

El Equipo deberá abonar la Tarifa en efectivo al momento de presentar la misma en forma escrita, junto a las evidencias y lista de testigos que no podrán ser del público general. Los relatos orales no serán considerados.

Si no se recibe el pago, la protesta se considerará nula. La tarifa de la protesta no es reembolsable independientemente del fallo de la misma.

Todas las protestas deberán ser presentadas al Organizador por lo menos noventa (90) minutos antes de que se anuncien los puntajes finales.

Seguridad: Los fusiles deberán ser manipulados en todo momento con cerrojo abierto, bandera de seguridad insertada en la recámara y sin cargador hasta el momento en que el Oficial de Campo llame al tirador a la linea de tiro, indicando la remoción de la bandera de seguridad y dando inicio a su tirada. Omitir esta norma de seguridad implica el DQ automático.

Bajo ninguna circunstancia se iniciará o continuará el accionar de las armas, en el Campo de Tiro en el que exista una condición insegura.

El manejo de armas de fuego se define como cualquier acción que un competidor realiza para operar el mecanismo, llevar al hombro, apuntar, ponerse una correa, cargar, insertar un cargador o cualquier otra acción que prepare al competidor para disparar el arma de fuego.

No se permite el manejo de armas de fuego detrás de la Linea de Tiro. Ajustar las miras, ajustar los cabestrillos sin colocarlos en el brazo o hacer ajustes menores al fusil, en cualquier área segura detrás de la pedana no se considera manipulación y se permite siempre que se cumpla que la bandera de seguridad permanece insertada. Los competidores pueden completar cargadores internos o removibles en la pedana.

Es indispensable para participar en el torneo tener la Credencial de Legitimo Usuario (CLU) vigente al momento de la inscripción.

Es obligatorio el uso de Protección Auditiva y se sugiere el uso de Protección Visual.

El Organizador se reserva el derecho de admisión y permanencia.




Certificado Vigente

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– ¿Trajo el certificado de antecedentes para fines especiales?

– Acá lo tengo.

– ¿Trajo el certificado de su club de tiro?

– Sí, éste es. Firmado ante notario.

– ¿Certificado de relaciones sexuales vigentes?

– ¿Oiga, pero qué tiene que ver eso? Yo vengo a inscribir un arma.

El funcionario frunció el ceño y echó mano a una copia del reglamento complementario, lleno de marcas amarillas de destacador.

– Alguien le tiene que poner el cascabel al gato en esto de las armas de fuego, así que Contraloría determinó que las Fiscalías Autorizadoras podíamos solicitar antecedentes más allá de los estipulados en la Ley de Control de Armas – dictaminó como tribuno romano.

– Pero esto es insólito. ¿De dónde voy a sacar un certificado de eso?

– Se lo tiene que pedir a la Federación de la que depende su club. Ahí ellos deben certificar su ranking y participación por cada disciplina. Tiene que traer el original firmado ante notario – respondió el funcionario acariciando el reglamento.

– Ninguna federación puede certificar eso. Además, para serle franco, si bien es cierto es de grueso calibre, luego de muchos años de matrimonio no he competido mucho en esas disciplinas. ¿Qué tendría que hacer? ¿Entregarlo para destrucción?

El funcionario consultó brevemente el reglamento y, sin levantar la vista, sentenció:

– No necesariamente, si al momento de reinscribirlo no está participando en la alta competencia, lo puede inscribir como colección claro que desactivado para el tiro.

Esta es una historia imaginaria y que nada tiene que ver con la realidad que sufren día a día los ciudadanos que hacen trámites ante las Autoridades Fiscalizadoras de la Ley de Control de Armas, coordinadas por la Dirección General de Movilización Nacional.




Frente Amplio propone modificación a Ley de Control de Armas

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Queremos aportar al debate, señalando los principales aspectos del proyecto presentado por un grupo de diputados de la bancada del Frente Amplio para modificar la Ley de control de armas.

El objetivo aquí es el desarme completo y definitivo, no nos engañemos. Los diputados proponen 5 grandes líneas restrictivas:

  1. Eliminar las armas de defensa, para ellos eliminan la categoría de arma de defensa. Por lo que ya no podrán inscribirse más armas de ese tipo.
  2. Las armas no podrán inscribirse en el bien raíz declarado como residencia. En definitiva, no podremos tener armas en nuestras casas.
  3. No podrán transferirse las armas entre particulares, de fallecidos, de quienes ya no cumplen los requisitos, armas incautadas, etc., etc. El objetivo es destruir todas las armas posibles y evitar que los ciudadanos posean armas
  4. Se baja la cantidad de armas de 6 a 3 para el caso de deportistas y cazadores y de 20 a 10 el máximo de armas para deportistas calificados.
  5. Solo podrán ser coleccionistas personas jurídicas.

El objetivo de este proyecto es desarmar a la población, restringir el comercio de armas legales e ir extinguiendo la posesión de armas de fuego en la ciudadanía. Para ello prohíben todo lo relativo a transferencias de armas de herederos, personas jurídicas, entre particulares y condenan a la destrucción armas de ciudadanos procesados y condenados.

Los llamamos a estar atentos a nuestras publicaciones, donde iremos fijando las líneas de trabajo y acción. Todos debemos ayudar y apoyar.

Estos son los puntos del proyecto:

  • Elimina la categoría de “defensa personal”, solo mantiene coleccionistas, deportistas, cazadores, vigilancia privada o seguridad y protección.
  • Declara ilegales las armas creadas en impresoras 3D o similares.
  • Prohíbe las miras “lasericas” o telescópicas.
  • Establece que la excepción contemplada en el artículo 3, letra k, sobre que FFAA, carabineros, PDI, gendarmería y DGAC están exceptuadas de la prohibición de “poseer, tener o portar artefactos fabricados sobre la base de gases asfixiantes, paralizantes o venenosos, de sustancias corrosivas o de metales que por la expansión de los gases producen esquirlas, bombas o artefactos explosivos o incendiarios; ni los implementos específicamente adaptados para el lanzamiento o activación de cualquiera de estos elementos”, sólo se refiere a personal activo. Además, establece que tampoco podrán tener “explosivos y granadas”. Es de mínimo sentido común que esto se refiere solo a personal activo y en servicio y no a personal en retiro. Una modificación inútil.
  • Solo los clubes afiliados a Federaciones Deportivas podrán poseer armas. La modificación de febrero de 2022 estableció que también podrían inscribir armas clubes que, sin estar afiliados a federaciones deportivas, se habían constituidos para hacer cursos.
  • Las empresas ya no podrán tener vigilantes armados, sino que estos deberán pertenecer a una empresa dedicada a la vigilancia privada. Con esto los bancos, por ejemplo, deberán despedir a sus vigilantes y contratar servicios de empresas dedicadas a esto.
  • No se podrá tener armas en las casas. Se establece que las armas no podrán inscribirse en “el bien raíz declarado correspondiente a su residencia”.
  • Se prohíbe las transferencias de armas y las inscripciones solo se permitirán si ya existen un arma previamente inscrita. Con esto ya no podrán inscribir armas las personas que no tengan ninguna arma inscrita y no podrán hacerse transferencias entre particulares.
  • Para el caso de fiscalizaciones a campos de tiro se suprime la fiscalización de permisos de transporte y padrones, en el entendido que ya no existirán permisos de transporte para deporte.
  • Establece que con 3 fiscalizaciones consecutivas fallidas en 15 días hay denuncia y se inicia proceso para cancelación a diferencia de los 45 días que fijo la modificación de febrero de este año.
  • Suprime la posibilidad de obtener GLT para prácticas de tiro para armas de defensa. Esto se logró incluir en la modificación de febrero de 2022.
  • Suprime los permisos de transporte para deporte, solo deja los de caza.
  • Establece que las armas de una persona fallecida deben ser entregadas a las autoridades para destrucción y no pueden ser transferidas a herederos.
  • Las personas jurídicas con armas inscritas, al disolverse, deben entregarlas para destrucción. Hasta el momento podían transferirlas a terceros.
  • Se establece reinscripción cada 2 años.
  • El examen psiquiátrico será visado por la autoridad sanitaria, SEREMI de Salud.
  • Se establece un 90% de aprobación en el examen teórico.
  • Para inscribir un arma no puede haberse cancelado una inscripción en los últimos 10 años anteriores. En la ley actual es de 5 años ese plazo.
  • Al perder las aptitudes para tener armas, estas ya no se podrán transferir, deberán ser destruidas.
  • Al ser condenado un propietario de armas, el juez deberá ordenar la destrucción en la sentencia. En la Actual ley es posible transferirlas.
  • Solo personas jurídicas serán autorizadas como coleccionistas. Pero podrán mantener sus armas en su estado original.
  • Se bajan las armas de deporte o caza de 6 a 3.
  • Deportistas calificados solo podrán tener hasta 10.
  • Se impone al juez la obligación de decretar clausura de locales en los que se fabriquen, modifiquen, de manera ilegal armas y municiones.
  • Se baja de 48 a 24 horas el plazo para denunciar robo, perdida o extravío.
  • Determina agravante para quienes participen de delitos con armas y sean funcionarios de FFAA, policías, gendarmería, DGAC.
  • Obliga a destruir armas en comiso.
  • Existirá interconectividad de la base de datos de la DGMN con otras bases de datos reguladas por ley.
  • Señala que la base de datos debe contener: “toda la información que permita vincular un arma de fuego a su propietario, debiendo consignar a lo menos factores tales como el nombre del fabricante o marca, el país o lugar de fabricación, el tipo, marca, modelo, calibre y número de serie”. Esto existe desde el inicio del registro de armas.
  • Solo tribunales ordinarios podrán ver causas en que funcionarios en ejercicio de sus funciones intervengan en delitos de la ley. Ya no podrán ser vistos por tribunales militares.
  • En el caso de suspensión condicional de una causa, se determina prohibición permanente de poseer armas. En la actual ley la prohibición era mientras duraba la suspensión del proceso.
  • Determina marcaje de munición para instituciones con códigos de colores distintivos.
  • La DGMN llevara registro de armas institucionales.
  • Armas incautadas o abandonadas deberán ser destruidas.

El texto completo del proyecto lo pueden ver aquí.




180 mil Tiros

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Altura de Miras, Capitulo 1, sección 4




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Altura de Miras, Capitulo 1, sección 3




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Tiro ecológico

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Altura de Miras, Capitulo 1