La Dirección General de Movilización Nacional, DGMN, ha iniciado un proceso de consulta pública para que la ciudadanía entregue sus observaciones y aportes a la propuesta de modificación del Reglamento Complementario de la Ley 17.798 de Control de Armas y Explosivos.
Como ANTRA e integrantes de las Coalición por Armas Legales, publicamos aquí los aportes a esta discusión. Pueden incorporarlos a sus propias observaciones y entregarlos a la DGMN por medio del mecanismo propuesto. La Coalición por Armas Legales esta conformada entre otras organizaciones por:
Asociación Nacional por Tenencia Responsable de Armas – ANTRA Chile
Federación Chilena de Triro Deportivo – FECHITIDE
Asociación Gremial de Armerías, Pesca y Camping de Chile A.G. – AGAPECH
Estas organizaciónes llevamos trabajando en el Reglamento desde el momento en que se modifico la Ley de Control de Armas y logramos detener este reglamento casi un año en Contraloría al presentar más de 30 mil reclamos.
De la lectura de la propuesta publicada en la web de la DGMN podemos establecer que la versión que hoy se nos entrega presenta retrocesos respecto de regulaciones contenidas en la versión que la misma DGMN le envió a la Subsecretaría para las FFAA del Ministerio de Defensa Nacional (ver AQUÍ) y en la que se reflejaban gran parte de nuestros aportes. Nos preocupa que quienes intervinieron en esta nueva propuesta desconozcan la realidad y las observaciones que durante meses hemos sostenido y entregado a la DGMN.
Los llamamos a ustedes, los propietarios y usuarios de armas, a que hagan los aportes que hoy la DGMN solicita. Para ellos pueden utilizar libremente lo que nosotros les disponibilizamos en nuestro documento, al pie de esta nota, e incorporar los que cada uno de ustedes estime necesarios.
En la primera entrega incluimos observaciones y sugerencias desde el articulo 1 al 170A, en la segunda entrega estan los articulos 173 al 205A. La segunda entrega es menor porque en esos articulos estan los de explosivos y pirotecnia, que no son de nuestro tema de interes.
Recuerden que el plazo para enviar las sugerencias a la DGMN vence el viernes 21 de agosto y las sugerencias deben ser enviadas en el formato contenido en el archivo word que les adjuntamos al pie de esta nota. Escojan los que le interesen y envienlos a la DGMN al correo consultapublica.dgmn@dgmn.cl.
Observaciones para incluir en la Consulta Pública:
El 5 de agosto le enviamos al director de la DGMN una carta solicitando se renovará la resolución 1521 del 30 de mayo del 2025. Esta resolución establecía que, hasta el 31 de julio de 2026, la reacreditación se podía realizar en cualquier AF del país y no exclusivamente en la que corresponde al domicilio.
Esto es necesario porque en algunas Autoridades Fiscalizadoras no tienen la capacidad de atender a todos los usuarios. Le expusimos al director que, por ejemplo, la AF028 de Santiago estaba entregando horas para mediados de noviembre, lo que impedía que los usuarios se reacreditarán antes del vencimiento de su acreditación vigente.
Ayer, 12 de agosto, la DGMN emitió la Resolución Exenta 1985 que establece que este trámite se podrá hacer en cualquier AF del país hasta el 31 de julio de 2027.
Esto no significa que el vencimiento de las acreditaciones se extiende hasta el 31 de julio, sino que el trámite de reacreditación se podrá hacer en cualquier AF hasta esa fecha. Luego del 31 de julio de 2027 deberemos hacerlo en la AF de nuestro domicilio.
Se nota la diferencia cuando el director de la DGMN está en sintonía con los problemas que enfrentamos en el cumplimiento de la normativa vigente.
Les recordamos la importancia de cumplir oportunamente con las renovaciones de nuestras acreditaciones, permisos de transporte, renovaciones y el largo etc. que nos han fijado en la ley y el reglamento y que digámoslo, en nada contribuyen a frenar las armas ilegales en manos de los delincuentes, sino que sólo vienen a restringir a quienes cumplimos la ley.
La Dirección General de Movilización Nacional, DGMN, ha iniciado un proceso de consulta pública para que la ciudadanía entregue sus observaciones y aportes a la propuesta de modificación del Reglamento Complementario de la Ley 17.798 de Control de Armas y Explosivos.
Como ANTRA e integrantes de las Coalición por Armas Legales, publicamos aquí los aportes a esta discusión. Pueden incorporarlos a sus propias observaciones y entregarlos a la DGMN por medio del mecanismo propuesto. La Coalición por Armas Legales esta conformada entre otras organizaciones por:
Asociación Nacional por Tenencia Responsable de Armas – ANTRA Chile
Federación Chilena de Triro Deportivo – FECHITIDE
Asociación Gremial de Armerías, Pesca y Camping de Chile A.G. – AGAPECH
Estas organizaciónes llevamos trabajando en el Reglamento desde el momento en que se modifico la Ley de Control de Armas y logramos detener este reglamento casi un año en Contraloría al presentar más de 30 mil reclamos.
De la lectura de la propuesta publicada en la web de la DGMN podemos establecer que la versión que hoy se nos entrega presenta retrocesos respecto de regulaciones contenidas en la versión que la misma DGMN le envió a la Subsecretaría para las FFAA del Ministerio de Defensa Nacional (ver AQUÍ) y en la que se reflejaban gran parte de nuestros aportes. Nos preocupa que quienes intervinieron en esta nueva propuesta desconozcan la realidad y las observaciones que durante meses hemos sostenido y entregado a la DGMN.
Los llamamos a ustedes, los propietarios y usuarios de armas, a que hagan los aportes que hoy la DGMN solicita. Para ellos pueden utilizar libremente lo que nosotros les disponibilizamos en nuestro documento, al pie de esta nota, e incorporar los que cada uno de ustedes estime necesarios.
En la primera entrega incluimos observaciones y sugerencias desde el articulo 1 al 170A, en la segunda entrega estan los articulos 173 al 205A. La segunda entrega es menor porque en esos articulos estan los de explosivos y pirotecnia, que no son de nuestro tema de interes.
Recuerden que el plazo para enviar las sugerencias a la DGMN vence el viernes 21 de agosto y las sugerencias deben ser enviadas en el formato contenido en el archivo word que les adjuntamos al pie de esta nota. Escojan los que le interesen y envienlos a la DGMN al correo consultapublica.dgmn@dgmn.cl.
Observaciones para incluir en la Consulta Pública:
El 6 de mayo de este año solicitamos a la Dirección General de Movilización Nacional, vía transparencia, la rendición de los dineros recaudados por concepto de tasas de derechos que señala el articulo 26 de la Ley de Control de Armas, para el periodo 2005 – 2024.
El 15 de mayo recibimos respuesta de la DGMN firmada por el subdirector, Coronel de Ejército Mario Soto Álvarez.
Señala en el punto A, que la DGMN solo tiene registros en el sistema SIGFE desde el año 2013 en adelante.
En el punto B señalan que la ley y el reglamento determina que el 50% de los fondos recaudados deben ser transferidos a las AAFF, “los que serán reinvertidos por las AAFF única y exclusivamente en bienes y servicios de consumo e inversión real, necesarios para el cumplimiento integral de las funciones que la Ley les encomendada”. Pero eso lo sabemos desde siempre, nada nuevo.
Adjuntan un Excel que detalla los montos transferidos a las AAFF entre los años 2013 y 2024.
El SIGFE es el Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado, una plataforma informática de la Dirección de Presupuesto del ministerio de hacienda, DIPRES, que permite a todas las instituciones del gobierno registrar, procesar y exponer la ejecución presupuestaria. Es decir, el sistema de control de contabilidad del estado de Chile.
Pero no entregaban los solicitado, la rendición del 50% de los fondos correspondiente a la DGMN. Estos es 33 mil 573 millones de pesos entre los años 2013 y 2024.
Ante esto el mismo día 15 de mayo presentamos un amparo ante el Consejo para la Transparencia, por considerar que no se nos había entregado la información requerida. El Consejo para la Transparencia solicitó el uso del Sistema Anticipado de Resolución de Controversias, SARC, para que la DGMN justificará o diera respuesta a lo solicitado.
El 3 de junio la DGMN nos hizo llegar una cartan en la que nos señalan que “la recaudación mensual de tasas de derechos del 50% que quedan en poder de esta Dirección General, son transferidos e ingresados a la cuenta corriente única fiscal de la DGMN”, es decir, quedan en la DGMN. Pero dos párrafos más abajo señalan que la DIPRES les entrega un “espacio de gasto” para esos fondos, es decir, les dice cuanto pueden gastar y el resto lo absorbe la DIPRES. Algo de lo que veníamos oyendo rumores hace años, pero que hoy el subdirector de la DGMN confirma sin lugar a dudas.
Del Excel obtenemos cifras oficiales sobre lo recaudado por tasas de derechos entre los años 2013 y 2024.
El total recaudado para el periodo 2013-2024 es de $67.147.736.828. Se le transfirio a Carabineros el 50%, es decir $33.573.868.414 Y la DGMN se quedo con el otro 50%, otros $33.573.868.414
El 30 de julio la DGMN envía un oficio al Consejo para la Transparencia donde expone:
A su parecer, la respuesta entregada satisface íntegramente el requerimiento de información.
La información reclamada no esta en poder de la DGMN ya que ellos no deben rendir esos fondos, sino que da cumplimiento a los espacios de gastos entregados por la DIPRES.
El 17 de noviembre recién pasado, el Consejo para la Transparencia nos hace llegar la decisión final respecto al amparo presentado, luego de la complementación de antecedentes aportados por la DGMN.
Señala el Consejo de la transparencia que:
Se acoge parciamente el amparo interpuesto por ANTRA, ya que la DGMN dice que no tiene la informacion de 2005 a 2012.
La DGMN debe dar cumplimiento a la Resolución Nº30 de la Contraloría General de la República que señala todas las entidades publicas deben rendir sus dineros.
La DGMN debe entregar la información solicitada, pero sólo entre los años 2013 y 2024, en un plazo de 5 días hábiles.
La DGMN tiene 15 días corridos para reclamar la decisión ante la Corte de Apelaciones. Por lo que los 5 días hábiles comienza a correr una vez concluidos los 15 días corridos.
En caso de no cumplir con la entrega de la información solicitada de manera oportuna, la ley contempla una multa del 20 al 50% de la remuneración correspondiente al director de la DGMN. Si a pesar de esto no la entrega, se aplicará el duplo de la sanción indicada y la suspensión del cargo por 5 días.
Así que ahora debemos esperar la rendición o la sanción, pero están obligados a responder.
Los invitamos a usar estos canales de reclamo cuando no les respondan las solicitudes de transparencia, esta es la segunda oportunidad que recurrimos de amparo ante este consejo. La primera vez logramos que se sancionara a la entonces subsecretaría de Prevención del Delito, Katherine Martorell con un 50% de su sueldo por no entregar la información que le habíamos solicitado.
Una pregunta que hoy ronda en nuestras ciudades, dada la circunstancia del alza de la delincuencia, así como la violencia con la que se encuentran actuando los sujetos que cometen delitos, ¿podemos o no ejercer defensa de nosotros de nuestros bienes o de nuestras familias?
La respuesta, es sí, mediante la legítima defensa.
En nuestra legislación está contemplado en el Código Penal, como una circunstancia que exime de responsabilidad, para que opere, se requieren ciertas circunstancias especiales:
Primero para la defensa respecto de su persona o de sus derechos, deben concurrir tres requisitos:
Debe ser víctima de una agresión ilegítima, es decir, el ataque no debe estar facultado por la ley. Sólo se puede aplicar cuando la agresión es contra el derecho.
Debe existir una necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler esa agresión ilegítima. Esto se refiere a que debe existir una proporción entre el ataque y los medios de la defensa.
Por último, es necesario no exista provocación suficiente por parte de la persona que se defiende.
Existe, además la posibilidad de efectuar una acción en defensa de otras personas, como el cónyuge, conviviente civil, o parientes, siempre que se den los dos primeros requisitos.
En la defensa de parientes, no debe haber existido por parte del que ejerce la defensa participación en la provocación.
También es posible que una persona defienda a un extraño, siempre que se den las circunstancias que hemos expresado previamente y, además, que el defensor no actúe motivado por venganza resentimiento u otro motivo ilegitimo.
Además de todo lo anterior, existe otra figura, una presunción legal, es decir, que sin necesidad de pruebas se asume que se cumplen las 3 circunstancias señaladas, (agresión ilegítima, racionalidad del medio empleado y ausencia de provocación), cuando se actúa en defensa de sí mismo o de otros sin importar el daño que se le ocasione al agresor, respecto de aquellas personas que rechazan el escalamiento, (una modalidad usada para ingresar por la fuerza) cuando se trata de una casa habitación, departamento u oficina habitados o bien si es de noche en un local comercial o industrial.
El concepto del escalamiento significa entrar por una vía no destinada al efecto, por un forado rompiendo paredes o techos, es decir, hace referencia a un ingreso por una vía no destinada a ese efecto. También se aplica la presunción señalada, al que impida o trate de impedir que se cometan delitos de secuestro, violación, abuso sexual, diversos tipos de homicidio, robo con intimidación y robo con violencia. Con estas condiciones, podemos defendernos y a los nuestros.
Reynerio García de la Pastora Z. www.garciadelapastora.cl
Desde que Carabineros asumió el manejo de las Autoridades Fiscalizadoras, AAFF, supimos que habría un cambio y no sería positivo. Efectivamente en un principio, fueron los problemas normales de quienes se hacen cargo de una tarea en la que no tienen experiencia, pero luego comenzaron a aplicar normas que no estaban en la ley y su reglamento.
Nos pedían las vainillas de la munición que disparábamos, nos preguntaban para que queríamos tanta munición, que por vivir en un barrio peligroso no le darían permiso a una persona para inscribir un arma y un largo e incomprensible etcétera.
Meses después ya teníamos claras las metas de estas nuevas AAFF, comenzar un desarme lento por medio de dificultarle al ciudadano la inscripción de armas. Nació el biométrico, hubo resoluciones, actos administrativos y una seguidilla de errores de criterio y juicio que tuvimos que salir a denunciar para defender a nuestros usuarios.
Hoy, a casi 18 años en que la DGMN le entrego el manejo de las AAFF a Carabineros, los problemas no disminuyen, sino que aumentan. ¿Qué dice la Ley?:
El Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección General de Movilización Nacional estará a cargo de la supervigilancia y control de las armas, explosivos, fuegos artificiales y artículos pirotécnicos y otros elementos similares de que trata esta ley.
Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, la Dirección General de Movilización Nacional actuará como autoridad central de coordinación de todas las autoridades ejecutoras y contraloras que correspondan a las comandancias de guarnición de las Fuerzas Armadas y autoridades de Carabineros de Chile y, asimismo, de las autoridades asesoras que correspondan al Banco de Pruebas de Chile y a los servicios especializados de las Fuerzas Armadas, en los términos previstos en esta ley y en su reglamento.
Esto fija jerarquía y dependencia, se establece quien manda. En la práctica la relación ha sido casi esquizofrénica, carabineros ha ignorado instrucciones de la DGMN y cometido grandes errores que hemos debido judicializar.
Y en el medio de esto, nosotros, los usuarios que, enfrentados a un mismo trámite, en Arica, Santiago, Osorno y Punta Arenas, nos piden distintos requisitos. Estas disparidades de criterios podrían haber sido casuales e inadvertidas por carabineros, los primeros dos años. Pero ya llevamos 18 años y lejos de mejorar ha ido empeorando.
En la AF de La Serena fueron a fiscalizar a un usuario que no estaba en la ciudad y por lo tanto no se podía practicar la fiscalización, pero le hicieron firmar el acta de fiscalización a su esposa, sin ver las armas. Cuando el dueño concurrió a la AF, le dijeron que efectivamente era un error, pero ya que estaba ahí le hicieron firmar un acta de inspección en la oficina de la AF sin revisar una sola de las armas.
En Coyhaique, un antiguo deportista llevo una maquina al banco de pruebas para inscribirla y regularizarla, era el regalo de un amigo que había fallecido. Como naturalmente la máquina tenía restos de pólvora, asumieron que había sido utiliza y la declararon prohibida y la retuvieron. No contesta con eso la encargada de la AF concurrió al domicilio de la persona y se llevo todas las armas y municiones y lo denuncio al Ministerio Público. Cometiendo irregularidad tras irregularidad.
En Curicó a una persona que tenia una escopeta de un cañón, lo fiscalizaron, se llevaron el arma porque su acreditación estaba vencida, pero no llevaban ninguna resolución que lo ordenará. El usuario fue al psiquiatra hizo el curso y no lo dejaron acreditarse porque estaba “bloqueado”, le entregaron una resolución para retirarle el arma que ya le habían retirado, apelamos y la misma persona que firmo la resolución para retirarle el arma, firmo la resolución que termina el proceso y le devolverle su arma. Algo que cuesta entender.
Carabineros en cada resolución que emite, en cada acto administrativo que desarrolla, viola sistemáticamente la ley 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
En las AAFF, de Arica a Punta Arenas hay funcionario que siempre atienden bien y a ellos los felicitamos en privado, porque cuando lo hemos hecho públicamente, a los días los sacaban de atención al público. Parece que atender bien y ayudar a los usuarios no es la política de los funcionarios a cargo de las AAFF.
Pero esto tiene otra arista, la económica. Carabineros por mandato de la Ley recibe el 50% de lo que se recauda por tasas de derechos, ese impuesto disfrazado que pagamos cada vez que respiramos dentro de una AF.
Entonces la DGMN entre enero de 2021 y julio de 2024 le transfirió a carabineros la suma de $11.745 millones de pesos, de los cuales carabineros solo ha rendido $6.344 millones de pesos ¿y los otros $5.400 millones de pesos?, algo no huele bien aquí.
De esos $6.344 millones de pesos, 59 millones es por gastos de electricidad, 20 millones por agua, 127 millones por combustible, 988 millones por arriendo de vehículos, 3.126 millones por contratos de CPR, estos funcionarios ex carabineros que han sido recontratados para labores puntuales.
Hemos solicitado las mismas rendiciones a la DGMN, para saber que hace con su 50% y que claramente no se gasta en infraestructura informática y mucho menos en diseñar, implementar y montar un sistema de base de datos fuerte, seguro y sobre todo eficiente y confiable.
Pero en esta estructura de poder, la DGMN ha cedido terreno a carabineros, al punto que cuando pedimos reuniones por ley del lobby el general director Jorge Hinojosa nos deriva a carabineros porque es de su competencia.
Y vuelvo a citar la ley:
La Dirección General de Movilización Nacional actuará como autoridad central de coordinación de todas las autoridades ejecutoras y contraloras que correspondan a las comandancias de guarnición de las Fuerzas Armadas y autoridades de Carabineros de Chile.
¿Quién manda aquí?
Campaña impresión autoadhesivos
written by cgamboa | Agosto 17, 2026
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John Lott en Chile: “Los más perjudicados con el control de armas son los más vulnerables”
written by cgamboa | Agosto 17, 2026
Por: Esteban García Mahías
La visita de John Lott a Chile, organizada por ANTRA, FECHITIDE y AGAPECH, resulta una muy buena noticia para el nivel del debate sobre el desarme que se produce en Chile. Entre muchas lecciones que dejó, Lott, quizás el mayor experto mundial sobre el fenómeno de las armas de fuego en manos de civiles, dejó una en particular que puede cambiar la óptica en torno a la discusión que se da en todo el cono sur sobre el acceso a éstas.
Según Lott, quien fue asesor del departamento de Estado estadounidense durante la administración de Trump y que viene de asesorar al gobierno ecuatoriano por la crisis de seguridad que afecta a ese país, los más perjudicados cuando las restricciones al derecho a la defensa se aplican en los países son precisamente las personas más vulnerables, y mencionó a las mujeres, las personas mayores y las personas socioeconómicamente más deprivadas.
La conclusión del autor de “Más Armas, Menos Crimen” y “Mitos sobre el control de armas de fuego”, se basa en más de tres décadas de investigaciones propias tanto en Estados Unidos como en el resto de los países del mundo y datos recopilados a través de más de un siglo de registros en torno a la prohibición de armas.
Respecto del caso chileno, Lott destacó que “cuando los carteles de la droga detectan debilidad en un país para combatir el crimen, es precisamente dónde instalan sus principales centros de operación”. El economista advirtió que estamos al principio de un camino que será difícil de abandonar, una vez que el crimen organizado consolide su influencia en nuestro país.
Como recomendación, el académico de renombre mundial, sugirió poner el énfasis de los esfuerzos por revertir la agenda anti armas no en los números, sino en el accionar de la delincuencia. Al respecto el Dr. John Lott extendió el desafío de encontrar un solo país en el mundo en el que las tasas de homicidio y delincuencia se hayan reducido luego de aplicar prohibiciones a las armas de fuego y a las personas observantes de la Ley para usarlas de manera autónoma en la defensa de sus vidas y propiedad.
David contra Goliat
written by cgamboa | Agosto 17, 2026
A fines de enero de este año 2024, presentamos cerca de 60 recursos de amparo y/o protección en Cortes de Apelaciones de todo el país, el objetivo era detener la aplicación del Reglamento Complementario de la Ley de Control de Armas, todos los recursos fueron presentados contra el Presidente de la República, Gabriel Boric Font.
Sólo cuatro fueron aceptados en la Corte de Apelaciones de Concepción, que solicitó informe a la Ministra de Defensa y luego señalo que le correspondía ver esta causa a la Corte de Apelaciones de Santiago, ya que el recurrido era el Presidente de la República con domicilio en esa ciudad.
La Corte de Apelaciones de Santiago se declaró incompetente y señalo que al haber encargado una diligencia y ya que el recurrente alegaba que la violación de derechos constitucionales habría ocurrido en Concepción, le correspondía a la Corte de Apelaciones de Concepción verlo. Se provocó entonces una contienda de competencia y fue a la Corte Suprema la que resolvió el 8 de abril que debía verlo la Corte de Apelaciones de Concepción.
El 10 de abril la Corte de Apelaciones de Concepción resuelve:
“Cúmplase.
Atendido el mérito de los antecedentes, reitérese la petición al Sr. Presidente de la República don Gabriel Boric Font, a fin que informe al tenor del recurso, dentro del plazo de diez días, debiendo adjuntar todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto motivo del recurso, los que deberá remitir, en lo posible, en forma digitalizada bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de prescindir de dicho informe y de aplicarle alguna de las medidas que contempla el Nº 15 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales.”
El 24 de abril el Presidente de la República, la ministra de Interior y la ministra de Defensa ingresaron un escrito solicitando una ampliación del plazo y acumular todas las causas en una sola. El 7 de mayo ingresaron una segunda solicitud de ampliación de plazo y la Corte de Apelaciones de Concepción lo otorgó, pero señalo que era la última vez y de no presentarlo resolverían sin ese informe.
Recién el 20 de mayo, dos días después de vencido el plazo, el presidente Boric, la ministra Tohá y la ministra Fernández ingresaron un informe de 69 páginas con una serie de argumentos que en resumen buscan desvirtuar nuestra presentación.
El 24 de mayo se hizo parte de la causa el Consejo de Defensa del Estado.
Con esto sólo debíamos esperar que se nos pusiera en tabla para que se vieran los recursos acumulados por parte de una de las salas de la Corte de Apelaciones de Concepción. Esto sucedió el mismo viernes 24 de mayo y se puso en tabla para hoy martes 28 en la Primera Sala. Solicitamos suspensión para otra fecha y se otorgó ayer lunes.
Ha sido un camino más largo de lo que esperábamos, pero estamos confiados en que hasta el momento hemos obtenido pequeños y significativos triunfos:
Hemos logrado que una Corte de Apelaciones acogiera 4 recursos de protección, lo que implica que al menos consideran posible que efectivamente se vulnerarán derechos constitucionales con la promulgación del Reglamento Complementario de la Ley de Control de Armas.
El presidente Boric ha sido requerido por el Poder Judicial para que informará sobre el contenido de los recursos.
Los escritos ingresados por parte del gobierno fueron firmados por el presidente y dos ministras de estado, algo muy poco frecuente.
El gobierno tuvo que pedir ampliación de plazo en dos ocasiones, lo que demostró incomodidad y falta de preparación para enfrentar una situación que nunca pensaron se produciría.
El informe entregado por el gobierno es una radiografía exacta de lo que piensa el Estado de Chile, los cuerpos legales en que basan sus argumentos y lo que fundamenta su ideología anti armas. Hoy sabemos como piensan y en que se basan y podemos establecer que esto es una política del Estado de Chile y no del gobierno de turno.
Somos “David contra Goliat”, una pelea absolutamente desigual en que nos enfrentamos a un ejército de abogados, al Consejo de Defensa del Estado y la infinita billetera del Estado de Chile. Pero sabemos que tenemos la razón, tenemos la decisión e infinita convicción que durante años nos ha guiado en esta desigual lucha por nuestros derechos.
Esta es una de muchas etapas en nuestra cruzada, en la que hemos logrado posicionar el tema, hemos instalado la inquietud en los legisladores que han ido comprendiendo que el problema no son nuestras armas, sino las ilegales y que nosotros no surtimos el mercado ilegal. Sistemáticamente hemos ido venciendo etapas, poniendo banderas, convenciendo escépticos, derrumbando mitos y falsos argumentos. Hemos logrado identificar sus paradigmas para poder centrar el debate y construir una plataforma de argumentos serios e irrefutables.
Pero lo principal es que hemos podido construir redes de apoyo, construir un camino común junto a otras organizaciones, como la Federación Chilena de Tiro Deportivo, FECHITIDE; la Asociación Gremial de Armerías, AGAPECH; la Asociación de Armeros de Oficio; la Agrupación de Coleccionistas de Armas de Fuego y otras organizaciones gremiales y deportivas. Con ellas hemos constituido la Coalición por armas Legales y le hemos dado más fuerza a David para enfrentar a Goliat.
Hoy estamos en una campaña de reunir fondos para enfrentar esta defensa ante la Corte de Apelaciones de Concepción, debemos pagar abogados y viajes a Concepción. Las audiencias online ya no están en práctica, aunque el abogado del Consejo de Defensa del Estado solicito alegar vía zoom, pero la CA aun no le responde.
Entre algunos asociados de ANTRA ya hemos reunidos una parte de esos fondos, lo necesario para pagar el 50% de los honorarios de los abogados, pero aun nos falta el 50% restante y los necesario para los viajes y estadía en concepción. Necesitamos de su ayuda y apoyo para reunir lo que falta y así poder defender estos recursos judiciales.
Les solicitamos su aporte, para poder continuar esta lucha y dar otro paso más junto a todos los que ya hemos dado por más de 16 años.