DECLARACIÓN PÚBLICA

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Santiago, 4 de octubre de 2023.-

El 28 de septiembre, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas retiró el DS-32, el Reglamento Complementario de la Ley de Control de Armas y Explosivos, de la Contraloría General de la República. Este reglamento, que había sido presentado en enero de este año, retirado en febrero, vuelto a ingresar en mayo y nuevamente retirado en septiembre, ha sido objeto de una serie de vaivenes que han sembrado incertidumbre y preocupación en nuestras comunidades.

La situación es la siguiente: la Ley 21.412, promulgada en enero de 2022 por el Congreso Nacional, establece en su artículo tercero transitorio que “Las modificaciones al reglamento complementario de la ley N°17.798 deberán ser dictadas en el plazo de un año contado desde la publicación de esta ley”. Con el objetivo de cumplir este plazo, la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), a través del Ministerio de Defensa, presentó un borrador del reglamento a la Contraloría. Sin embargo, este documento distaba mucho de ser lo que necesitábamos: un reglamento terminado, adecuado, razonable y legal.

Ante estas circunstancias, decidimos emprender una campaña de denuncias contra lo que considerábamos disposiciones ilegales, inconstitucionales y atentatorias contra la posesión de armas de fuego por parte de civiles. Este reglamento restringía severamente actividades como el tiro deportivo, la colección y la caza, y complicaba enormemente la posesión de armas de defensa. En un esfuerzo conjunto, presentamos casi 30.000 denuncias a la Contraloría General de la República en tan solo 30 días. Numerosas organizaciones, lideradas por la Coalición de Armas Legales integrada por ANTRA, la Federación Chilena de Tiro Deportivo (FECHITIDE), la Asociación Gremial de Armerías, Pesca y Camping de Chile (AGAPECH), la Agrupación de Coleccionistas de Chile y la Asociación de Armeros de Oficio, participaron activamente en este proceso.

A pesar de nuestros esfuerzos y las reuniones mantenidas con las autoridades pertinentes, el reglamento continuaba siendo problemático. Esta situación revela un profundo desconocimiento sobre nuestras actividades y un desajuste significativo entre las regulaciones propuestas y nuestras prácticas legítimas.

Este segundo retiro del reglamento complementario es un fracaso en la gestión de la DGMN, que nunca quiso escuchar nuestros aportes a la discusión. Es incomprensible que persistan en cometer errores que van en contra de nuestros derechos y actividades legales. Desde 2013, hemos venido escuchando la idea de instaurar las mismas restricciones, los mismos argumentos basados en supuestos equivocados, la misma prepotencia propia de la más absoluta ignorancia. Siempre provenientes de la misma persona que ha logrado mantenerse a pesar de los cambios internos en la DGMN: el señor Gonzalo Palacios Herrera (Ver reportaje de CIPER), asesor del actual jefe del Departamento de Control de Armas y Explosivos, Víctor Riffo Aranda, coronel de ejército. Esta dupla es la responsable del fracaso del Reglamento Complementario, y no hay otros culpables.

Lo que se espera ahora es simple y claro: modificar el reglamento actual conforme a lo ordenado por la ley 21.412. Eliminar todo lo que no esté relacionado con las modificaciones establecidas por dicha ley es fundamental. Sin embargo, nuestra posición es clara: este reglamento debe ser redactado de nuevo. Para lograr esto de manera efectiva y justa, es imperativo que las organizaciones sociales que tienen el conocimiento, la experiencia y las capacidades participen activamente en este proceso. Estamos dispuestos a ayudar y apoyar activamente en este proceso.

Hemos solicitado reuniones por medio de la ley del lobby con la Contraloría General de la República para entender los posibles escenarios y los plazos, con la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas para reiterar nuestro deseo y capacidad de colaborar en la redacción de un reglamento moderno y centrado en el control y no en la prohibición, y con la Dirección General de Movilización Nacional para conocer su estrategia de trabajo y ser parte de los equipos de trabajo.

En las próximas 48 horas, comenzaremos a implementar acciones concretas destinadas a lograr nuestra participación activa en estos espacios de consulta. Utilizaremos todas las herramientas legales a nuestra disposición y contamos con el apoyo decidido de organizaciones deportivas y gremiales para asegurar que nuestras preocupaciones sean escuchadas y debidamente consideradas.

Agradecemos profundamente su continuo respaldo y reiteramos nuestro compromiso inquebrantable con la seguridad, el respeto a la ley y la promoción de prácticas responsables en el ámbito de las armas de fuego en Chile.

Con gratitud y determinación,

Coalición por Armas Legales




Inciativas Populares de Norma

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Se abrieron las votaciones para el apoyo a las Inciativas Populares de Norma (IPN) para el proceso constitucional.

Hemos presentado 3 iniciativas distintas:

1.- Derecho a la seguridad y la defensa: Ver propuesta AQUÍ

Nuestra propuesta dice:

Dentro del Artículo Nº 16.04, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales.

b) Todo habitante del territorio nacional tiene derecho a la defensa de su familia, su libertad individual, la de terceros, así como sus posesiones y propiedades. Cuando se ejerza la defensa de estos derechos, el uso de la fuerza deberá estar regulado por el código penal.


2.- Uso de la fuerza, posesión de armas y regulación: Ver propuesta AQUÍ

Nuestra propuesta dice:

Dentro del Artículo 121, Capítulo V: Gobierno y Administración del Estado.

  1. Aquellas personas naturales o jurídicas que deseen poseer armas de fuego deberán hacerlo de conformidad a lo señalado en una en una ley de quorum calificado. Dicha ley señalará las armas y elementos que serán permitidos, los requisitos y condiciones para poseerlos.
  2. Una agencia regulada por una ley orgánica, dependiente de unos de los ministerios encargandos del orden público, será la encargada de ejercer la fiscalización, registro y control de los elementos de posesión permitida.

3.- El deporte es un derecho fundamental: Ver propuesta AQUÍ

Nuestra propuesta dice:

Dentro del Artículo Nº 16.21 letra d), Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales.

d) El Estado fomentará la práctica deportiva con el fin de mejorar la salud y calidad de Toda persona tiene derecho al deporte, actividad física y a la recreación.

  1. El estado garantizará el acceso al deporte sin distinción de género, edad, idioma, religión, orientación política, ubicación territorial, pertenencia social, cultural o de cualquier otra índole.
  2. El estado garantizará el desarrollo de actividades deportivas de tipo recreativo o competitivo entre los habitantes de la nación. Para ello asegurará y promoverá la existencia de organismos que lo promuevan y desarrollen, los habitantes del territorio podrán practicarlo de manera organizada o individual, siempre de manera voluntaria.
  3. El estado reconoce su obligación en la orientación, fomento y promoción de la actividad física, la recreación y el deporte en todas sus manifestaciones como medio de educación y contribución a la formación integral de las personas.
  4. El estado impulsará el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel comunal y regional; auspiciara y financiará la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales que incluyan los juegos Olímpicos y Paraolímpicos.
  5. El estado fomentará y financiará a través de los canales establecidos para ello (ministerios, federaciones y clubes deportivos) la participación de personas con discapacidad, en riesgo social, habitantes de zonas de sacrificio.
  6. El estado asignará recursos del Presupuesto General de la Nación, en la forma que establezca la ley, a la financiación de la actividad de las personaportiva y recreacional en las siguientes áreas; Comunal y Regional, Deporte Federado.
  7. El estado deberá invertir y fomentar a través de los Gobiernos Regionales y/o entidades sin fines de lucro, un porcentaje necesario de la superficie comunal en infraestructura deportiva y áreas verdes.

Pueden ver y descargar la Guía: ¿Cómo votar por las propuestas constitucionales?

• Cada persona puede votar hasta por 10 propuestas distintas.
• Sólo se puede votar una vez por una misma propuesta.
• Todos los mayores de 14 años que tengan clave única pueden votar.

¡Difundan y voten, el plazo es muy breve!




COMUNICADO REUNIÓN CONTRALORÍA

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El pasado lunes 12 de junio nos reunimos con Camilo Mirosevic, jefe de la División Jurídica de la Contraloría General de la República (CGR). El objetivo de la reunión era saber la forma en la que abordarán las denuncias que hemos efectuado, respecto al DS-32 o Reglamento Complementario de la Ley de Control de Armas; señalarles algunas ilegalidades que a nuestro juicio se comenten en las AAFF y la DGMN.

Asistieron también, por parte de la CGR, Rodrigo Baeza, jefe del Comité de Bienes Públicos y Valeria Hoffmann, abogada de la División Jurídica de la CGR.

Por parte nuestra asistimos: Luis Cortes Castro, presidente de la Federación Chilena de Tiro Deportivo, FECHITIDE; Salomón Goldbaum Molina, director de la Asociación Gremial de Armerías, Pesca y Camping de Chile, AGAPECH; Cristian Gamboa Beltramín, presidente de la Asociación Nacional por la Tenencia Responsable de Armas, ANTRA Chile.

Podríamos resumir la reunión en 5 puntos:

  1. Estado del DS-32 y su situación respecto a lo que a la CGR le compete.
  2. Atribuciones de la CGR respecto al DS-32.
  3. Planteamos nuestras observaciones respecto a situación que nos parecen anómalas respecto a las AAFF y la DGMN.
  4. Profundizamos sobre algunas denuncias en particular.
  5. Entregamos antecedentes que nos permiten demostrar que quienes redactaron el reglamento entienden poco de las armas en manos de civiles y mucho menos del tiro deportivo y su práctica.
  6. Planteamos nuestra reserva respecto a que ningún dictamen de CGR ha sido favorable para nosotros.
  7. Les señalamos que a nuestro parecer las DGMN no ha cumplido ninguna de las recomendaciones de CGR respecto a las observaciones planteadas en las auditorias efectuadas.

Conclusiones:

  1. La CGR tiene la mejor de las disposiciones para escuchar las observaciones que la ciudadanía tenga respecto al DS-32 y a cualquier materia que este dentro de su ámbito de acción.
  2. La CGR solo puede aprobar o rechazar este tipo documentos, pero no enmendar los errores que contenga.
  3. La CGR solo puede pronunciarse sobre la legalidad de los actos que se someten a su estudio.
  4. Ingresaremos las observaciones que están pendientes, pero dejaremos en espera la campaña de ingreso masivo de denuncias para no congestionar el sistema de CGR.
  5. Los usuarios hemos aprendido a denunciar las irregularidades cometidas por los funcionarios públicos de las AAFF. Esta es una herramienta legitima que nos entrega la posibilidad de manifestar irregularidades que se cometen en los organismos el estado.
  6. Podemos establecer que el ente regulador, la DGMN y específicamente el Departamento de Control de Armas y Explosivos (DCAE), manifiesta un desconocimiento de la realidad sobre el mundo de las armas de deporte, caza, defensa y colección.
  7. El DCAE insiste, de manera majadera, en intentar regular a los organismos deportivos que ya son regulados por la Ley del deporte 19.712.

Nuestra evaluación es positiva y debemos asumir siempre que nuestro interlocutor actúa de buena fe. Seguiremos recurriendo a CGR para hacer las denuncias sobre las irregularidades en la aplicación de la Ley y los actos administrativos.

Con la presentación de más de 25 mil denuncias hemos establecido, sin lugar a dudas, que somos un grupo de ciudadanos organizados y que haremos uso del derecho a denunciar, plantear nuestros desacuerdos, ser escuchados y atendidos.


Luis Cortés Castro, presidente, Federación Chilena de Tiro Deportivo, FECHTIDE.

Salomón Goldbaum Molina, director, Asociación Gremial de Armerías, Pesca y Camping de Chile, AGAPECH

Cristian Gamboa Beltramín, presidente, Asociación Nacional por la Tenencia Responsable de Armas, ANTRA Chile.




Presentación de denuncias a Contraloría General de la República

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Hemos iniciado la campaña de presentación de denuncias a la CGR por irregularidades en el Reglamento Complementario de la Ley de Control de Armas que actualmente se encuentra en Contraloría.

Junto a la Federación Chilena de Tiro Deportivo (FECHITIDE), la Asociación Gremial de Armerías, Pezca y Camping de Chile (AGAPECH) y otras organizaciones deportivas y gremiales hemos comenzado a enviar documentos con las instrucciones paso a paso para ingresar las principales denuncias que son de interés de nuestras organizaciones.

Este es un trabajo esencial para poder demostrar que el actual Reglamento en estudio, el Decreto Supremo 32 (DS-32), contiene ilegalidades, transgresiones y omisiones que comprometen no solo la legalidad e integridad de reglamento complementario, sino su aplicación en la práctica.

Cada uno e ustedes debiera ingresar por lo menos 15 ó 20 de las denuncias que les adjuntamos. Cada una debe ser ingresada por separado, es copiar y pegar.

En la Guía para la Presentación de Denuncias esta todo lo necesario:

https://drive.google.com/file/d/1ydkfvVDAy89NTCtHldsstIFGMYqEp6CN/view

La primera entrega de DENUNCIAS, que incluye de la número 1 a las 10:

https://docs.google.com/document/d/1xNBnBMVknHIjeyEuvpJ-kUyC9dN4sdRl/edit?usp=sharing&ouid=101072730893166222013&rtpof=true&sd=true

Segunda entrega de DENUNCIAS, que incluye de la número 11 a la 20:

https://docs.google.com/document/d/1yzSIaEqyHz7XumUt9SRzDbnfUBR2BQCZ/edit?usp=sharing&ouid=101072730893166222013&rtpof=true&sd=true

Tercera entrega de DENUNCIAS, que incluye de la número 21 a la 30:

https://docs.google.com/document/d/1zbpn5Ze00hkqcAZykvouDvspv9KP-glC/edit?usp=sharing&ouid=101072730893166222013&rtpof=true&sd=true

Cuarta entrega de DENUNCIAS, que incluye de la número 31 a la 40:

https://docs.google.com/document/d/1zsAosJy3KCSyGEyXm9Bpf81541GNWSP0/edit?usp=sharing&ouid=101072730893166222013&rtpof=true&sd=true

Quinta entrega de DENUNCIAS, que incluye de la número 41 a la 50:

https://docs.google.com/document/d/14f_PJ3qzlLv7OyXeGMUZcme1r4sO3-w0/edit?usp=sharing&ouid=101072730893166222013&rtpof=true&sd=true

Toma 3 a 5 minutos ingresar una denuncia, debemos ingresar la mayor cantidad de denuncias posibles para poder conseguir el apoyo de parlamentarios para que el reglamento sea modificado y no se publique en su actual estado.

En el transcurso de los proximos días iremos publicando más denuncias. Cualquier duda se las responderemos por nuestras redes sociales:

https://www.facebook.com/groups/antrachile

https://twitter.com/ANTRA_Chile

El Decreto Supremo 32, que contiene el Reglamento en discusión:

https://drive.google.com/file/d/1vwt4o2N3fmtC9XB6zJin_N9m_jzX_Dxk/view?usp=sharing




¿Gatillo fácil o Emparejando la cancha?

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La ley Nain-Retamal, mal llamada “Gatillo Fácil” por sus detractores, ha estado en el debate constante en las últimas semanas. Si bien es cierto, lo que finalmente salió del senado era muy diferente a lo que aprobaron los diputados, sigue siendo un avance importante.

La idea del legislador fue entregar herramientas y algún grado de protección a la acción de las policías. Y aquí hay que ser brutalmente claros, no hablamos de la acción policial frente a un control vehicular, un lanzazo o delitos similares. Aquí hablamos de enfrentar a bandas delictuales, organizadas, establecidas en territorios, armadas y capacitadas en el uso de esas armas. No hablamos de enfrentarse a escopetas hechizas o armas que debieran estar en un museo, hablamos de fusiles de asalto, armas semiautomáticas y automáticas. Grupos de delincuentes que enfrentan a las policías, en el mejor de lo casos, con machetes, palos o lo que tengan a la mano, dispuestos a matar a quien se les pare al frente.

Ante estos actores delictuales es que se quiere proteger a un carabinero de 23 años, armado con un revolver de 5 tiros que seguramente tienes más años que el mismo carabinero. Un policía sin la protección corporal necesaria, sin los zapatos adecuados y sin el entrenamiento necesario. Sin el equipo y la preparación adecuada un carabinero o un PDI están en desventaja ante un tipo de delincuente que no conocíamos, atrevido, decidido, con el equipo y la preparación necesaria.

Cuando se establece extender la legítima defensa a las policías, nadie está buscando una licencia para matar o un “gatillo fácil”, lo que se busca es emparejar la cancha, igualar las condiciones. Porque lo volvemos a reiterar, las condiciones no son parejas, los delincuentes tienen una enorme ventaja.

Hoy un policía o miembro de las FFAA o Gendarmería que en el ejercicio de sus funciones deba usar fuerza letal, ya no será considerado imputado, sino testigo. Si en el transcurso del proceso se establece que actuó con dolo, será imputado. Tampoco podrán ser separados de la institución temporal o permanentemente, como sucedía hasta ahora.

También se estableció que las policías, carabineros e investigaciones, deberán ser provistos de capacitación, equipo y armamento adecuado para el cumplimiento de sus funciones, con especial acento en el resguardo de su vida e integridad personal.

Se faculta a carabineros, en el desarrollo de un control vehicular, para hacer control de identidad de los ocupantes del vehículo y revisar el interior y el maletero. De esta manera ya no sucederá lo de San Antonio hace unos años, en que los delincuentes fueron sorprendidos con armas en el maletero, pero el juez los dejó en libertad porque carabineros no tenía atribuciones para registrar el vehículo.

En las persecuciones ya no serán los policías los responsables de los daños a otros vehículos.

En definitiva, hoy tenemos policías que tendrán más garantías y el equipo y preparación necesarios, al menos eso dice la letra. Pero nada de esto servirá si no se aplica, sino de fiscaliza, porque cuando deje de ser noticia todos perderemos el interés, pero alguien deberá encargarse de que los recursos sean bien usados, que el policía de la calle cuente con los necesario y que estos recursos no terminen en los altos mandos cambiando sus sillones de cuero o autos fiscales, en desmedro del equipamiento y preparación de su gente. Ley que no se supervisa es letra muerta, tenemos demasiados ejemplos.

¿Pero y nosotros cuándo? Debemos ser capaces de promover las modificaciones legales que habiliten de manera objetiva el porte de armas de defensa y no dependa del criterio de un funcionario o de la ideología de turno; Debemos fijar las condiciones para que los usuarios de armas de defensa puedan practicar en un campo de tiro las veces que quieran; Hay que ampliar la legítima defensa privilegiada más allá del hogar; Generar las condiciones para que cada vez más chilenos puedan poseer armas de fuego y capacitarse en su uso, manejo seguro y eficiente, para evitar y detener la agresión en el menor tiempo posible.

En definitiva, debemos apuntar a establecer condiciones de igualdad con los delincuentes, aunque para ser honestos, debiéramos siempre tener ventaja, es la única manera de ganar una batalla que hasta ahora vamos perdiendo. La Ley Nain-Retamal vino a emparejar la cancha, a intentar igualar las condiciones entre delincuentes y policías y nos alegramos profundamente, pero surgen al menos dos preguntas:

¿Cuándo se emparejará la cancha entre los ciudadanos y los delincuentes?, ¿Cuándo tendremos la posibilidad de defendernos en igualdad de condiciones?

Mientras estas preguntas no tengan respuesta, seguiremos siendo un país desigual.

Cristian Gamboa Beltramín
Presidente ANTRA




Estadísticas a medida

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El organismo nacional de Salud estaría omitiendo datos del uso defensivo de las armas para favorecer las políticas del control. 

Publicado por Revista Aire Libre

El informe publicado el pasado 15 de diciembre por The Reload muestra que los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) omitieron deliberadamente un conjunto de datos sobre uso de las armas para legítima defensa después de haber sido presionados por grupos de control de armas.

La revelación del falseo de datos para cumplir con conclusiones predeterminadas, es la antítesis de la ciencia. Es nada menos que censura. De hecho, es peligroso que los investigadores de los CDC estén seleccionando datos para forzar un resultado. Lo que es peor, es que estos investigadores no están actuando de buena fe para determinar los resultados a los que conduce la ciencia. Actúan como agentes de grupos de intereses especiales. Eso no solo es científicamente irresponsable, también es una violación de la ley.

Ciencia corrupta

Los investigadores de los CDC eliminaron una referencia a un estudio sobre el uso de armas en defensa propia, después de que los grupos de control de armas se quejaran de que incluir esos datos les impediría presionar al Congreso para aprobar más leyes de control de armas, informó The Reload. Fue el resultado de meses de presión política por parte de tres grupos diferentes de control de armas: Gun Violence Archive, GVPedia y Newtown Action Alliance.

Y en lugar de proporcionar pruebas que refuten ese número, eliminaron el estudio y censuraron los datos.

Los grupos discreparon con un estudio realizado por Gary Kleck, profesor emérito galardonado en la Facultad de Criminología y Justicia Penal de la Universidad Estatal de Florida. El estudio de Kleck estimó que el uso de armas defensivas (DGU, por sus siglas en inglés) ocurre entre 60.000 y 2,5 millones de veces al año en los Estados Unidos. Esa cifra de 2,5 millones fue demasiado para que la aceptaran los grupos de control de armas. Y en lugar de proporcionar pruebas que refuten ese número, eliminaron el estudio y censuraron los datos.

“Esa cifra de 2,5 millones debe ser asesinada, enterrada, desenterrada, asesinada de nuevo y enterrada una vez más”, señaló Mark Bryant, uno de los asistentes que también dirige Gun Violence Archive, la fuente de las estadísticas de “tiroteos masivos” de los principales medios de comunicación. Él le escribió a los funcionarios de los CDC después de una reunión, según The Reload, quejándose del estudio de Kleck. “Es muy engañoso, se usa fuera de contexto y, sinceramente, creo que no tiene ningún valor, incluso como un punto atípico en las discusiones honestas de DGU”.

El profesor Kleck mantuvo su investigación. “CDC simplemente se está alineando con los grupos de defensa del control de armas”, dijo Kleck a The Reload. “Es solo decir: ‘somos su herramienta y cumpliremos sus órdenes’. Y eso no es lo que debería hacer una agencia gubernamental”.

Es más que eso. Eso es lo que el CDC tiene prohibido hacer por ley.

Enmienda Dickey

Este informe parece mostrar que los CDC violan la Enmienda Dickey, que prohíbe específicamente que la agencia abogue por el control de armas a través de sus estudios. La Enmienda Dickey, llamada así por el excongresista Jay Dickey(Republicano, Arkansas), se aprobó por primera vez como ley en 1996. La enmienda establece que “ninguno de los fondos disponibles para la prevención y el control de lesiones en los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades puede utilizarse para abogar o promover el control de armas”.

Se agregó después de que un estudio financiado por los CDC de 1993 tomara una posición de defensa que vinculaba la posesión de armas en el hogar con un mayor riesgo de muerte por parte de un familiar o amigo. También fue después de que el Dr. Patrick O’Carroll, jefe interino de la División de Control de Lesiones de los CDC, dijo: “Vamos a construir sistemáticamente un argumento de que poseer armas de fuego causa muertes. Estamos haciendo lo máximo que podemos hacer, dadas las realidades políticas”.

Los políticos que apoyan el control de armas se quejaron de que la Enmienda Dickey les impedía estudiar el tema de las armas, pero eso simplemente no era cierto.

El presupuesto de los CDC se triplicó desde el momento en que se aprobó la Enmienda Dickey a más de $6 mil millones en 2019. Si se les decía a los CDC que no podían estudiar nada relacionado con las armas, no escucharon muy bien. Durante ese tiempo, los CDC estudiaron las armas de fuego y el suicidio, el ruido y la exposición al plomo en los campos de tiro, la prevención de la violencia con armas de fuego en Wilmington, Delaware, y emitieron un informe sobre los homicidios y suicidios con armas de fuego en las áreas metropolitanas. Eso no incluye los estudios del FBI, el Departamento de Justicia y los estudios del Congreso.

También hubo un caso en 2013 cuando el presidente Barack Obama firmó una Orden Ejecutiva que asignaba $10 millones en investigación de “violencia armada”.

En 2019, el Congreso actualizó la Enmienda Dickey para que diga: “Si bien se prohíbe que los CDC y otras agencias usen fondos designados para abogar o promover el control de armas, el Secretario de Salud y Servicios Humanos ha declarado que los CDC tienen la autoridad para realizar investigaciones sobre las causas de la violencia armada”.

Excepto que el CDC ignoró eso. El CDC no solo está utilizando fondos federales para abogar por el control de armas, sino que también han sido sorprendidos in fraganti haciéndolo a instancias de los grupos de control de armas.

Diagnosticar mala praxis

Esto revela dos cuestiones apremiantes para las que los legisladores deben exigir respuestas. Primero, los legisladores deberían exigir saber cómo y por qué los CDC cedieron a las demandas de los grupos de control de armas para omitir información relevante que informa sus estudios. Esto nos dice que los CDC están estudiando cuestiones relacionadas con las armas de fuego en busca de respuestas favorables políticamente y seleccionando datos para respaldar conclusiones predeterminadas que respalden las demandas de los grupos de control de armas, en lugar de estudiar para obtener respuestas de donde proviene la evidencia“.

En segundo lugar, esto demuestra que existen serias preocupaciones con los protocolos vigentes en los CDC en lo que respecta a sus estudios. Esto abre dudas sobre cualquier información que los CDC brindan al contribuyente estadounidense cuando se hace evidente que los funcionarios permiten que se publiquen estudios que están diseñados e influenciados por objetivos políticos en lugar de criterios científicos estrictos. El público estadounidense debería estar muy preocupado por este nivel de influencia política para determinar resultados que satisfagan a los grupos defensores radicales. Esta es la definición misma de corrupción política.

El Congreso debe llamar al Secretario de Salud y Servicios Humanos, Xavier Becerra, y a la Directora de los CDC, la Dra. Rochelle Walensky, para exigir respuestas y responsabilidad. Infringieron la ley y lo hicieron para forzar pruebas falsas e incompletas para respaldar las restricciones de control de armas, un derecho protegido por la Constitución.

Ya es hora de que el Congreso exija a los funcionarios de los CDC: “Doctor, cúrate a ti mismo”.




Reglamento Complementario, un engaño de la participación ciudadana

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Durante meses en el 2022 trabajamos el borrador del Reglamento complementario de la Ley de Control de Armas, invitados por el jefe del Departamento de Control de Armas y Explosivos, DCAE, coronel Víctor Riffo.

Se nos hizo llegar el borrador y nos dedicamos a aunare posiciones con las demás entidades significativas del tiro, junto a la Federación Chilena de Tiro Deportivo, FECHITIDE, la Asociación de Armerías, Pesca y Caza de Chile, AGAPECH, la Asociación de Importadores de Chile, la Federación de Caza y Pesca de Chile Sur, la Agrupación de Coleccionistas de Chile, la Agrupación de Armeros de Oficio de Chile y las Asociaciones de Caza Central-Sur, trabajamos entre marzo y septiembre de manera intensa. Realizamos reuniones por video conferencia, conversatorios y todo lo que nos pudiera ayudar a obtener un reglamento real, que cubriera todos los aspectos y a todos los actores implicados.

De un total de 401 artículos propuestos, 300 eran referidos a armas de fuego, el resto explosivos, químicos y artificios. De los 300 hicimos observaciones y modificaciones a 124 artículos, el 41%, casi la mitad. Y en relación al total de artículos, nuestras observaciones representaban el 31% del Reglamento propuesto. No era menor el nivel de correcciones, propuestas u observaciones. Desde la injerencia en clubes y federaciones, pasando por validaciones, cuotas de munición y terminando en capacidades de almacenaje de comerciantes e importadores, le dimos una visión integral y todos los actores participaron. No podíamos hacerlo de otra manera que no fuera con participación, consulta y mucho esfuerzo y dedicación.

El 13 de septiembre se envió nuestra propuesta al DCAE, ver correo electrónico, luego de eso sólo nos decían que lo estaban trabajando, pero nunca pudimos ver la versión final. Dejaron de responder e-mails y contestar nuestras llamadas.

No quisimos dar a conocer nuestra propuesta de reglamento en ese entonces, creíamos y teníamos la esperanza de no haber sido engañados con un falso dialogo y una artimaña de participación ciudadana. Algo como para que después no se dijera que no dieron espacio al dialogo, pero aquí no hubo dialogo, no hubo participación y ciertamente no hubo honor de parte del mayor Riffo.

Hoy sabemos que el reglamento esta en manos del ministerio del interior y no sabremos de su contenido sino hasta su publicación. Han desperdiciado el aporte que hicimos, han ignorado la visión de quienes sabemos del tema en Chile y optaron por hacerlo entre las mismas 4 paredes, añejas e ignorantes en las que han actuado siempre.

Les compartimos:

  1. Correo electrónico enviado por el presidente de la FECHITIDE, al coronel Riffo con nuestro aporte al Reglamento complementario el 13 de septiembre de 2022, AQUÍ.
  2. Documento introductorio a nuestra propuesta, AQUÍ
  3. Comparado conteniendo en la columna 1 el borrador entregado por el DCAE, en la columna 2 “Propuestas”, nuestras propuestas y en la columna 3 “Observaciones” nuestras fundamentación o alertas, AQUÍ.

Esperamos con esto poder aportar a una discusión real, honesta y de cara a la sociedad.




Las armas en Estados Unidos

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Articulo publicado en Revista Aire Libre

Los estadounidenses ahora poseen más de 415 millones de armas de fuego, según el profesor de Georgetown William English.

Este fue un hallazgo clave de la Encuesta Nacional de Armas de Fuego que realizó el año pasado la firma de investigación Centiment, con sede en Denver, a pedido de English, profesor de la Escuela de Negocios McDonough de la Universidad de Georgetown. English es un economista político interesado en la ética, la educación y las políticas públicas. Según los informes, la encuesta, que forma parte de un proyecto de libro más grande, es la más grande jamás realizada con respecto a los propietarios de armas de Estados Unidos.

La encuesta se administró a unos 54 000 residentes de EE. UU. mayores de 18 años y se centró en 16 708 propietarios de armas a quienes se les proporcionaron preguntas detalladas sobre su posesión y uso de armas de fuego, incluidos los usos defensivos.

El propósito de la encuesta era “arrojar algo de luz desde una perspectiva científica social sobre la realidad de cómo se usan y se poseen las armas en Estados Unidos hoy en día”, dijo English durante un podcast del 11 de septiembre producido por The Reload, una publicación enfocada en la políticas y políticas en torno a las armas de fuego.

“Y el intento fue convertirlo en la encuesta más grande de propietarios de armas que se haya realizado hasta ahora, particularmente para que podamos obtener información estadísticamente informativa en los 50 estados. Probablemente la última encuesta de este alcance se realizó en 1994… pero ahora tiene más de un cuarto de siglo”, dijo.

English se burló de los hallazgos de la encuesta en un resumen del 18 de mayo en un sitio web académico llamado Red de Investigación de Ciencias Sociales, pero actualizó el resumen el 13 de septiembre para agregar la cifra de 415 millones de propietarios de armas .

Debido a que la Oficina del Censo de los EE. UU. ahora estima que la población de los EE. UU. es de 333 millones de personas, la cifra de 415 millones significa que ahora hay alrededor de 1,25 armas de fuego por cada persona que vive en los Estados Unidos.

De esos 415 millones de armas de fuego, los estadounidenses poseen alrededor de 171 millones de pistolas, 146 millones de rifles y 98 millones de escopetas, según la actualización. Alrededor de 39 millones de personas, o el 48 por ciento de los propietarios de armas, han tenido cargadores capaces de contener más de 10 cartuchos. Algunas jurisdicciones regulan la capacidad del cargador.

La información recién publicada ayuda a poner los hechos que English publicó anteriormente del estudio en un contexto más amplio.

El estudio encontró que Estados Unidos tiene una tasa general de posesión de armas de fuego por parte de adultos del 31,9 por ciento, lo que sugiere que más de 81,4 millones de estadounidenses mayores de 18 años poseen armas de fuegoEl propietario promedio de armas posee alrededor de cinco armas de fuego, y las pistolas son el tipo de arma de fuego más común, según el resumen.

Entre los propietarios de armas, el 57,8 por ciento son hombres y el 42,2 por ciento son mujeres. Alrededor del 34,3 por ciento de los blancos poseen armas de fuego, en comparación con el 28,3 por ciento de los hispanos, el 25,4 por ciento de los negros y el 19,4 por ciento de los asiáticos, según el resumen.

Casi un tercio de los propietarios de armas, o el 31,1 por ciento, informaron en la encuesta que han usado un arma para defenderse o defender su propiedad, a menudo más de una vez. El resumen del informe estimó que las armas de fuego son utilizadas defensivamente por sus dueños en alrededor de 1,67 millones de incidentes cada año.

Las pistolas se utilizan en el 65,9 por ciento de los incidentes defensivos, aunque en la mayoría de estos incidentes no se disparó ningún tiro. Alrededor de una cuarta parte (25,2 por ciento) de los incidentes defensivos ocurrieron dentro de la casa del dueño del arma, y ​​un poco más de la mitad (53,9 por ciento) ocurrieron fuera de su casa pero dentro de su propiedad. Casi uno de cada 10 (9,1 por ciento) de los usos defensivos de armas tuvo lugar en público y aproximadamente uno de cada 30 (3,2 por ciento) tuvo lugar en el trabajo, según el resumen.

El informe llega después de un fallo histórico de la Corte Suprema el 23 de junio que encontró por primera vez que existe un derecho constitucional a portar armas de fuego en público para defensa propia. El tribunal también determinó que las regulaciones de armas deben estar profundamente arraigadas en la historia de los EE. UU. si quieren sobrevivir al escrutinio constitucional, lo que provocó una serie de nuevas demandas en todo el país que cuestionan las medidas de control de armas. Las solicitudes de permisos de armas en los estados que los exigen han aumentado tras la decisión judicial.

El presidente Joe Biden está presionando por una prohibición federal de las llamadas armas de asalto después de que el Congreso aprobara nuevas medidas de control de armas en junio, incluidos incentivos financieros para fomentar la promulgación de leyes de confiscación de armas de bandera roja a nivel estatal.

El documento de investigación también se presenta cuando las principales compañías de tarjetas de crédito, a instancias de los activistas del control de armas, están implementando lo que los críticos caracterizan como control de armas por la puerta trasera. La Organización Internacional de Normalización anunció recientemente que uno de sus subcomités había decidido crear un nuevo código de categoría comercial para armas de fuego, que anteriormente se encontraban en la categoría de mercancías generales.

La NRA denunció el cambio y afirmó que crear “un código específico para armas de fuego no es más que una capitulación ante los políticos y activistas anti-armas empeñados en erosionar los derechos de los estadounidenses respetuosos de la ley, una transacción a la vez”, dijo un portavoz de la organización.

Los críticos dicen que el cambio de política facilitará que los gobiernos rastreen y desalienten las compras de armas de fuego y podría sentar las bases para un registro nacional de armas.




Certificado Vigente

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– ¿Trajo el certificado de antecedentes para fines especiales?

– Acá lo tengo.

– ¿Trajo el certificado de su club de tiro?

– Sí, éste es. Firmado ante notario.

– ¿Certificado de relaciones sexuales vigentes?

– ¿Oiga, pero qué tiene que ver eso? Yo vengo a inscribir un arma.

El funcionario frunció el ceño y echó mano a una copia del reglamento complementario, lleno de marcas amarillas de destacador.

– Alguien le tiene que poner el cascabel al gato en esto de las armas de fuego, así que Contraloría determinó que las Fiscalías Autorizadoras podíamos solicitar antecedentes más allá de los estipulados en la Ley de Control de Armas – dictaminó como tribuno romano.

– Pero esto es insólito. ¿De dónde voy a sacar un certificado de eso?

– Se lo tiene que pedir a la Federación de la que depende su club. Ahí ellos deben certificar su ranking y participación por cada disciplina. Tiene que traer el original firmado ante notario – respondió el funcionario acariciando el reglamento.

– Ninguna federación puede certificar eso. Además, para serle franco, si bien es cierto es de grueso calibre, luego de muchos años de matrimonio no he competido mucho en esas disciplinas. ¿Qué tendría que hacer? ¿Entregarlo para destrucción?

El funcionario consultó brevemente el reglamento y, sin levantar la vista, sentenció:

– No necesariamente, si al momento de reinscribirlo no está participando en la alta competencia, lo puede inscribir como colección claro que desactivado para el tiro.

Esta es una historia imaginaria y que nada tiene que ver con la realidad que sufren día a día los ciudadanos que hacen trámites ante las Autoridades Fiscalizadoras de la Ley de Control de Armas, coordinadas por la Dirección General de Movilización Nacional.




NOSOTROS, LOS QUE SABEMOS DE ARMAS…

3

Mucho revuelo ha causado la resolución exenta N°2.358 de la Dirección General de Movilización Nacional, DGMN, publicada en el diario Oficial el martes 6 de septiembre recién pasado. Titulada “Aprueba actualización al listado de accesorios, partes y piezas de armas y municiones sometidas a control de la Ley Nº 17.798 sobre control de armas y explosivos”, somete a control y restringe prácticamente todo lo relacionado con armas de fuego.

Por ejemplo, someten a control los frenos de boca que disminuyen el retroceso de un arma producto de la salida de gases por la boca del cañón, dispositivo muy necesario en la práctica del tiro deportivo y también de la caza. El objetivo es que el arma releve menos y el segundo tiro se pueda efectuar con mayor rapidez y precisión. En nada aumenta el alcance del arma ni el poder de la munición, pero al parecer quienes emiten la resolución no lo entienden, pero ellos son los que saben.

También controlan los polichoques, accesorios que utilizan las escopetas en la boca del cañón para que este sea más estrecho y así el tiro de la escopeta abra a mayor distancia. Quienes disparan al plato o tiro skeet, los que cazamos los usamos para que el tiro se disperse menos, para variar el plomeo de cada tiro. En nada se afecta el sistema de disparo, la cadencia de tiro, la carga de pólvora o perdigones, pero al parecer ellos son los que saben.

Han decidido controlar todas las miras telescópicas, holográficas o propoint, láser, etc. Sean para armas de fuego, aire o airsoft, este último es un juego de gente que simulan combates disparando armas de aire o resorte que impulsan bolitas plásticas de 5 o 6 mm y que pesas entre 0,07 y 0,13 gramos, juguetes inofensivos por donde se les mire. Pero, nuevamente, ellos son los que saben.

Incluso se atreven a decir que para importar este tipo de miras deberán solicitar un V°B°, “el cual se entregará en relación con el alcance efectivo del arma v/s las capacidades de la mira, siendo ambas complementarias, empleo según fabricante y valor comercial”. ¿Qué diablos quiere decir eso?, ¿debemos entender que calcularán una relación entre los aumentos de la mira, el alcance, calibre y largo de cañón del arma, además del empleo sugerido por el fabricante y su valor en el mercado?, eso realmente queremos verlo y conocer los algoritmos de cálculo. Pero ellos son los que saben.

Incluso las culatas son peligrosas, “no ven que las pueden querer plegar para esconderlas y cometer delitos con armas más cortas”. Nos siguen creyendo delincuentes, siguen sospechando de nosotros y nos miran con desconfianza.

Pero debemos hacer algunas precisiones:

  • No fuimos nosotros los que sacamos una resolución que prohibía las municiones troncocónicas, ojivales, punta hueca, o sea todas las municiones existentes en el mercado.
  • Tampoco fuimos nosotros los que tuvieron que derogar esa resolución cuando les demostramos que esas eran todas las municiones existentes y que por un acto administrativo habían dejado al margen de la ley a todos los dueños de armas de fuego del país.
  • Nosotros tampoco fuimos los autores de la resolución que reducía a 5 la capacidad de todos los cargadores de armas.
  • Y como supondrán tampoco fuimos los que derogamos esa resolución cuando les explicamos que en tiro deportivo usábamos cargadores de hasta 33 tiros. Pero ellos son los que saben.
  • Tampoco fuimos nosotros los que echaron pie atrás con la instrucción de exigirle a los dueños de armas llevar las vainillas de los tiros percutados para demostrar que efectivamente habíamos disparado las balas que habíamos comprado. Cuando llego el momento de recibir sacos con vainillas vacías comprendieron que nosotros disparamos más de 3 mil tiros por mes, nosotros los que no sabemos nada de armas y balística.
  • Estoy seguro de que no fue a nosotros a quienes nos robaron 87 armas de un solo manotazo, de un recinto militar y custodiado por militares. Pero ellos son los que saben de armas.

Toda esta resolución se basa en dos oficios del IDIC BPCH, Banco de Pruebas de Chile, organismo técnico dependiente del Ejercito.

  • El primero, el Oficio IDIC BPCH del 11 (P) Nº 6800/8238, del 9 de septiembre de 2020, fija la peligrosidad de las culatas plegables o las removibles sin la necesidad de emplear herramientas. También habla de los accesorios tipo RONI, una “choreza” que no hace más que simular una especie de fusil táctico, pero que no es más que una pistola con cañón normal y sistema de disparo normal. No aumenta la capacidad de penetración de la munición, ni su alcance, no modifica el mecanismo de disparo, no alarga el cañón. Pero ellos consideran que la pistola se transforma en un rifle semiautomático. Imagínense la utilidad a un rifle con un cañón de 4”, o sea 10 centímetros de cañón. Este oficio lo firma el Director de Instituto de Investigaciones y Control del Ejercito Coronel Pablo Sierra Hormazábal.
  • El segundo, el Oficio IDIC BPCH del 11 (P) Nº 6800/6626, del 26 de julio de 2022, va más allá y señala que los accesorios como miras holográficas o propoint y telescópicas se deben controlar porque al cambiarlas a un arma de fuego cambiara la “performance” de esta en su “totalidad”. Y sobre las armas no letales consideran que estas debieran quedar “acotadas a organismos profesionales que cumplen funciones de disuasión y mantención del orden público, los cuales, serán en su totalidad, responsables de sus usos”. Pareciera que el IDIC y su director no saben nada de tiro deportivo y caza con miras telescópicas y que además no nos encuentran capacitados para hacer uso responsable de armas no letales. Este oficio lo firma el Coronel Francisco Silva Mestre, Director del IDIC.

Ambos oficios fueron visados como parte de la fundamentación de la resolución 2.358. Y los viso el Coronel Víctor Riffo, jefe del Departamento de Control de Armas y Explosivos. El primer militar en volver a ocupar ese cargo desde el 2007 y quien pensábamos si sabía del tema.

En definitiva y para variar, no hay fundamentos sólidos del porque se controlan, restringen o prohíben elementos que desconocen por completo. Que distinto habría sido si les hubieran preguntado a los que realmente saben del tema, a los mismos que disparan cada fin de semana, a los que le aciertan a un plato metálico de 15 centímetros a 40 metros con una pistola, a los que están pegando a 1.000, 1.500 y 2.000 metros con sus fusiles, a los que le pegan a un plato de arcilla que vuela a 70 km/h, o los que disparan en movimiento y pegan en una zona de 10 cm2. Esos mismos que disparan 45 de los 52 fines de semana del año, quienes disparan 500 tiros el sábado y/o 500 el domingo, pero que según la ley solo podemos comprar 3.000 tiros al año por arma y por eso tienen 5 pistolas para poder comprar más tiros y practicar.

Restringir por restringir, se amparan en la ley y si la ley no les alcanza emiten resoluciones, basándose en argumentos infantiles, mucha tele dirán algunos, desconocimiento y poco contacto con la realidad decimos nosotros.

Les sobran malas ideas, les falta experiencia.

Cristian Gamboa Beltramín

Presidente

Asociación Nacional por la Tenencia Responsable de Armas

ANTRA Chile