Eligiendo una escopeta, ¿Cuál es la mejor para mi?

Artículo de Randy Wakeman, traducido y revisado por Carlos Nesci para AIRE LIBRE

Hace tiempo que quiero tocar este tema de una manera concisa. En realidad es como una deuda de gratitud hacia Brister, Brindle, Zutz y otros estudiosos compañeros por ofrecer su punto de vista sobre este tipo de armas y de los diversos matices entre sus diferentes tipos de acciones. Por su puesto que tengo mis favoritas, pero eso no me prohíbe el uso de escopetas diferentes y sobre todo, entender y reconocer las razones por las que cada una tiene su propio sequito de admiradores.

A menudo, se escucha la noción de “fiabilidad”, un tema muy discutido, por lo general con fines de marketing, más que nada. Todos los tipos de escopetas modernas tienen – potencialmente – suficiente fiabilidad en condiciones normales de uso en tiro y caza; siempre y cuando se mantengan adecuadamente. Todas las escopetas tienen piezas que sufren desgaste: muelles, pasadores y bujes, entre otros. Para asegurar absoluta confiabilidad se requiere de inspección periódica, mantenimiento y reparación. Todos los tipos de escopeta tienen igual fiabilidad en un sentido concreto cuando se los utiliza dentro de sus especificaciones de uso. Siempre bajo la suposición de que el producto original fue correctamente torneado, montado e inspeccionado.

La acción de Bomba /Trombón / Corredera  (Pump Action/ A pompa)

Las armas de bomba son descriptas como un fenómeno exclusivamente estadounidense – según mucha gente que con desdén y esnobismo pareciera querer descalificar a esta acción -. No obstante, la eficacia del sistema está fuera de toda discusión.

A través del tiempo fueron armas confiables y muy económicas. Sin embargo, muchas semiautomáticas tampoco deberían ser sustancialmente más caras de producir. Todas las armas se pueden suministrar con piezas de plástico y madera de cajón. Pero pareciera que el fenómeno del abaratamiento le ha pegado más a este tipo de acciones que a otras (a excepción de las de cerrojo y las de quiebre de un solo caño, destinadas solo a principiantes, tema que no hemos de tratar aquí).

Los consumidores siempre influyen sobre lo que el mercado nos terminará ofreciendo y con demasiada frecuencia tienden a ignorar la única cosa de valor que queda después del final de la jornada de tiro: la propia arma de fuego.

Pero volvamos al arma. Después de acostumbrarse a este tipo de acción, el funcionamiento se convierte en intuitivo y automático. Lo suficientemente rápido como para recargar con velocidad, y la mayoría de las bombas tienden a trabajar por si mismas, expulsando las vainas después de cada disparo, en el momento que la acción desbloquea. Al tener un solo caño ofrece mucha más visión que una escopeta de caños paralelos.

Mientras que el sol dejó de iluminar a algunas de las grandes escopetas de tiempos pasados ​​(Winchester Modelo 12, Remington Modelo 31, Ithaca Modelo 37), dos armas de fuego  permanecen en el podio y son las que yo considero muy bien diseñadas: la Browning BPS de eyección inferior, y la Remington 870 de eyección lateral. Ambas son grandes armas, cuya velocidad de disparo ofrece la oportunidad de una tercera paloma. Cualquiera de las dos, con cuidados mínimos, son  armas para toda la vida.

Acción Semiautomática ( Semi-Auto Action/ Azione Semiautomatica)

Tal vez la más icónica de todas ellas, la Browning A-5 ya ha sido discontinuada. Pero, en mi opinión, resultaría prematuro que sus fanáticos adoradores la consideren legendaria. Para ser una leyenda o en un sello de correos en general, uno tiene que estar muerto y mi  A-5 está muy lejos de eso.

La acción por gases amortigua el retroceso como ninguna otra, y la sensación que rondó por los círculos de tiro de que eran “poco fiables” se disipó totalmente. El Mayor Garand, Mikhail Kalashnikov y Eugene Stoner exhibirían una burlona sonrisa ante la extraña idea de que las armas de acción a gas tienen menos prestaciones que las de acciones fijas convencionales.

En mi opinión, las mejores escopetas semiautomáticas disponibles en la actualidad, son las series Browning Gold y Beretta 390-391. El gran beneficio de esta acción es su capacidad para reducir dramáticamente la energía generada por el retroceso, que en inglés se denomina “ felt recoil”. Hay gente muy sensible al efecto del retroceso. La sensación que produce no ayuda a efectuar los disparos correctamente y para quienes se ven muy afectados por el “ felt recoil” nada mejor que una escopeta semiautomática.

La Superpuesta (Over – Under / Sovrapposto)

Alguna vez considerada una aberración horrible en comparación con las bellezas  de doble caño británicas, hoy se ha convertido en algo así como un símbolo de estatus, al menos para aquellos que buscan estatus. La mayoría de los tiradores han adoptado el plano de la banda solista, abandonando el de la unión de semicírculos creado por los dos caños y aunque necesitó un tiempo muy largo para la aceptación general (a las superpuestas de John Browning les tomó décadas instalarse en el mercado) la superpuesta es, hoy en día, la escopeta de moda entre los tiradores.

Las escopetas de quiebre de cañón pueden ser una desventaja en el apostadero de patos o en un enfrentamiento y además, al igual que todas las armas de acción fija, la energía del retroceso viene directamente de vuelta sin atenuación. Pero, el funcionamiento silencioso ( de la acción mecánica) es de gran atractivo. A esto se suma su estética, quizás muchas de las mejores presentaciones – de la madera y el grabado – se encuentran en los modelos de caños superpuestos y en algunos casos, hasta los mejores gatillos del mercado.

El clic-clic de una superpuesta en comparación con el rascado y raspado del funcionamiento de las de trombón (que algunos consideran desagradable) y semiautomáticas inclina sensiblemente las preferencias por este tipo de escopetas. A esto se suma su perfil delgado – por el apilado de los cañones – morfología que resulta sumamente apreciada por muchos tiradores.

Muy buenos productos de este tipo de armas son ofrecidos por Browning, Kamen, Kreighoff, Beretta y algunas de las diversas variantes de la familia RIZZINI. Si se aspira a más entoces hay que pensar en: Boss, Holland & Holland, Purdy, Famars, Perazzi, o Fabbri, simplemente, no hay mejores.

La Paralela (Side-by-Side/ Doppietta)

Pocos son, hoy en día, los que pueden darse el lujo de adquirir una doble “ London Best Quality” pero no por eso vamos a ignorar la belleza de sus esbeltas líneas.

Hay mucha experiencia y sabiduría puestas en el diseño de un arma de caza. Su equilibrio y feeling en nuestras manos y la sensación de vivacidad de un arma que se encara con naturalidad y apunta a donde debe, son el resultado final que de ella puede esperarse. Eso sí, la liviandad y vivacidad deben convivir con el retroceso. A menor masa del arma mayor retroceso.

Si el diseño te gusta y la sentís de tu agrado probá con la versiones italianas y españolas que han adoptado la idea inglesa y desarrollaron armas de muy buena calidad y precios convenientes. Eso sí, adoptá cartuchos de carga liviana para mitigar el retroceso.

Para la caza de pluma, cartuchos de 28g en calibre 12 ó 16 y de 24g en calibre 20, serán más que suficiente para alcanzar muy buena performance sin padecer retroceso excesivo. Según nuestra data, un incremento de estos valores no es proporcional a su eficacia en el campo.

Muchas escopetas americanas han resultado ser “no muy buenas”pero sí muy voluminosas, comparadas con las inglesas.

Una escopeta ágil para el tiro al vuelo requiere mínimo espesor en las paredes de los cañones y acciones angostas. Su construcción artesanal y el preciso regulado de los cañones para su convergencia, lo hacen un producto de mano de obra intensiva y especializada y, por ende, de alto costo de producción. Los fanáticos de estas armas aseguran sentir la diferencia.

Algunas de las mejores armas dobles hechas hasta ahora se fabrican en el Reino Unido (Purdy, Holland & Holland, Boss, Wilkes, Evans, McKay Brown, Dickson, et al), Italia (Famars, Fabbri, Piotti), España (Arrizabalaga, Grulla, Arrieta, Garbi, AyA), Alemania (Merkel, Sauer & Sohn, Kreighoff) y, sí, en los EE.UU. (AH Fox, Modelo 21).

Conclusión

Lamentablemente y como en muchos otros casos, las escopetas que nos ofrece el mercado son las que, de una u otra manera, les pedimos. Sí, nuestro dinero es quien les dice a los fabricantes de armas qué es lo que estamos dispuestos a gastar y a comprar. Quizás sin darnos cuenta hemos votado entonces por el precio y no por la calidad.

. “Ten cuidado con lo que pides, que quizás puedas conseguirlo” dice un viejo refrán, y de alguna manera sirve para graficar lo que hoy tenemos. Quizás en demasía para mi sensibilidad. Una escopeta es más que un martillo o la estaca de la carpa, por lo menos puede y debe ser. Es una combinación de sensaciones: equilibrio, calce, confianza y orgullo. Por lo menos puede ser, si eso es lo que buscamos. Pensemos cuando compramos qué es lo que le estamos diciendo al fabricante.

Las cuatro acciones tienen su propio conjunto de atractivos intrínsecos. Si Ud. es del tipo de persona que va a lo seguro y quiere marcar el paso en lugar de que lo haga su automática, entonces la escopeta de bomba o corredera es para Ud.; le permitirá involucrase más con el funcionamiento de su arma que las restantes acciones.

Si es un tirador romántico, privilegia el estilo, caza plumas y no le molesta el retroceso, la doble debería entrar dentro de sus consideraciones.

A quien le guste cazar patos o palomas, sin ninguna duda debe orientarse por las semiautomáticas.

Las superpuestas son polivalentes y con un buen set de chokes permitirán practicar todas las versiones de caza y tiro deportivo. Seguramente, si luego nos dedicamos a algún tipo de tiro específíco tendremos que adquirir un arma de competición para esa disciplina.

Analicen las 4 opciones, pruébenlas en el campo o en su club de tiro y hagan su elección.




Convenio ANTRA-GunPlanet.com

Hemos establecido un convenio con GunPlanet.com, este permitirá que nuestros asociados y seguidores dispongan de un sitio, de confianza y seguridad, para poder comprar y vender armas de fuego y sus accesorios.

El objetivo básico es entregarles a los legítimos propietarios de armas o a sus herederos, una herramienta que les permita comercializar armas de fuego y accesorios. Para esto deben registrarse en el link que les adjuntamos al final de esta nota.

Este convenio se pensó para solucionar cuatro problemas reales:

  1. Contar con un sitio web para ofrecer nuestras armas y accesorios, también para comprar.
  2. Entregarles una alternativa confiable a los herederos de armas de fuego para que vendan las armas que han heredado y que muchas son un problema o una carga extra con la que no saben que hacer.
  3. Evitar que las armas de herederos sean retiradas por la autoridad fiscalizadora, por medio de presiones y asustando a los herederos.
  4. Ante la falta de claridad y la tozudes de la autoridad, queremos asesorar y guiar a los herederos en el proceso de venta o transferencia de las armas heredadas. Este servicio por ahora esta disponible solo para asociados de ANTRA.

Esperamos que este convenio les sea de utilidad y que le saquemos todo el provecho que sea posible.

Respecto a las armas heredadas que la autoridad intenta desesperadamente retirar y enviar a destrucción, queremos poner sobre la mesa el termino “EXPROPIACIÓN”. Las armas son parte del patrimonio económico y en muchos casos histórico de las familias.

Pueden registrarse en: https://gun-planet.antra.cl




¿Quién controla a quien nos controla?

Por Cristian Gamboa Beltramín – Presidente ANTRA Chile

El 4 de junio de 2019 la Contraloría General de la República emitió el informe N°899/2019 sobre auditoría al proceso de inscripción, custodia y destrucción de armas en la Dirección General de Movilización Nacional. En un oficio, el entonces contralor Jorge Bermúdez le informaba al ministro de defensa de la época, Baldo Prokurica de las conclusiones de este proceso de auditoría.

Un oficio similar recibiría el director de la DGMN de la época, Hugo Lo Presti Rojas, en el que se señalaba que debía “adoptar las medidas pertinentes, e implementar las acciones que en cada caso se señalan, tendientes a subsanar las situaciones observadas”.

Algunas de las observaciones eran las siguientes:

  • 72 personas figuraban con inscripciones de armas anteriores a su nacimiento.
  • 22.987 personas con antecedentes penales y armas inscritas.
  • 1.714 personas con antecedentes penales de violencia intrafamiliar y armas inscritas.
  • 5.976 inscripciones armas fueron autorizadas por la DGMN, a través de las autoridades fiscalizadoras, a personas con antecedentes penales previos.
  • 10.677 armas están bajo el “RUT cero”, por no contar con datos que permitan identificar a los propietarios de esas armas.
  • 316 certificados de aptitud física y psicológicas fueron emitidos por 7 personas que no poseían el título de medicina.
  • 132.921 personas fallecidas tenían inscripciones vigentes de 182.898 armas.
  • $2.742 millones de pesos fueron transferidos por la DGMN a Carabineros, solo $1.124 millones fueron rendidos.

Y en julio de 2024, la Contraloría general de la República emitió el informe N°195/2024, de la misma forma se le envió oficio a la ministra de defensa Maya Fernández y al director general de la DGMN, Jorge Hinojosa Riquelme, quien actualmente continua en el cargo.

Esta vez las observaciones, además de reiterar algunas de las contenidas en el informe de junio de 2019 y que aparentemente nunca fueron corregidas, se enumeraban las siguientes:

  • 61 médicos que no registraban la especialidad de psiquiatría emitieron certificados para la inscripción de 1.281 armas.
  • Entre el 2021 y el 2022, 11 trámites fueron respaldados con certificados médicos emitidos por 4 profesionales, el problema es que estos profesionales estaban fallecidos. Uno de ellos, falleció en marzo de 1983 y emitió un certificado con el que se inscribió un arma en noviembre de 2014.
  • Entre 2014 y 2023 un total de 30 tramites fueron respaldados por médicos no identificables y que se agruparon con el RUN 1-9.
  • 9 personas con condenas iguales o superiores a 5 años, que poseen armas registradas efectuaron inscripciones y actualizaciones de datos durante el cumplimiento de la condena.
  • A 30 personas con condenas vigentes no solo nunca se les retiraron las armas, sino que además estaban habilitados para efectuar trámites en el sistema.
  • Del total de personas que se encontraban vigentes en el Registro de condenas del Servicio de Registro Civil, 725 registraban condenas por delitos con pena aflictiva.
  • 18 estaban fallecidas, pero registraban trámites de compra de artificios pirotécnicos y municiones.
  • Entre enero de 2019 y noviembre de 2023, 1.436 personas adquirieron 2 millones 600 mil municiones, de las cuales 427 mil no correspondían a los calibres de sus armas vigentes.
  • Se advirtió el pago indebido de funcionalidades duplicadas del sistema de control de armas. Hablamos de que se pago dos veces por un mismo trabajo la suma de 102UF, alrededor de 4 millones de pesos.
  • Se pagaron 104 UF, otros $4 millones por soporte y mantención que se encontraban cubiertos por el contrato de mantención vigente.
  • Además, se pagaron 45 UF, otro millón ochocientos, por funcionalidades que no estaban contenidas en los requerimientos efectuados por la DGMN.

Las conclusiones de Contraloría son lapidarias y reflejarían que la institución a cargo del control de armas en Chile, no solo estaba haciendo un trabajo deficiente. Sino que, además, se habrían cometido irregularidades. Señala la Contraloría que:

  • Falta control por parte de la DGMN en el proceso de control de armas.
  • El plan de continuidad de servicios de Tecnología de la información esta desactualizados e incompletos.
  • Los procedimientos de restauración de datos están desactualizados e incompletos.
  • Existe falta de procedimientos para el monitoreo del sitio secundario de almacenamiento de los datos de control de armas de la DGMN.
  • Hay bajos estándares en la creación de contraseñas de acceso al sistema de control de armas.
  • No se hacen auditorías a la integridad de los registros del sistema de control de armas.
  • La DGMN no efectuaba un control en los cambios o correcciones efectuadas por empresas externas a la aplicación de bases de datos del control de armas.

Las respuestas de la DGMN rayan en la comedia. “No mire, de las 18 personas fallecidas que compraron fuegos artificiales y municiones, sólo 11 estaban fallecidas y las otras 7 siguen vivas” o “nos equivocamos al digitar”; “es que nos equivocamos de rut al digitar el rut del médico psiquiatra y por eso aparece extendido por un profesional que estaba muerto”.

Muchas de las observaciones efectuadas por Contraloría podrían ser consideradas delitos, al menos “alguien” miro para el lado o hizo caso omiso de una situación, por decir lo menos, “extraña”.

¿Pero porque les cuento esta complicada historia?

Porque el Código Penal, en su artículo 175 señala que Carabineros, Policía de Investigaciones, Gendarmería, Fuerzas armadas, fiscales y demás empleados públicos, tiene la obligación de denunciar los hechos de su conocimiento y que podrían tener carácter de delito.

El plazo determinado para hacer esta denuncia lo señala el artículo 176 del mismo código penal. 24 horas desde que toman conocimiento.

En nuestra primera reunión con el director de la DGMN, cuando recién asumió el cargo, se lo dijimos claramente, aquí hay que hacer denuncias y perseguir a quienes miraron para el lado en las autoridades fiscalizadoras. Evidentemente no nos escuchó.

En agosto de 2024 solicitamos a la DGMN copia de las denuncias efectuadas al ministerio publico por los hechos reflejados en los informes de Contraloría señalados y preguntamos si se habían efectuado sumarios, además de pedir las copias de las conclusiones de dichos sumarios. Básicamente nos respondieron tres cosas:

  1. “Esta Dirección General se encuentra realizando las gestiones necesarias para resolver las observaciones encontradas por la contraloría general de la República en ambos informes”.
  2. Respecto a las inscripciones de armas a personas que mantenían antecedentes penales, se nos respondió y cito “no se instruyó sumario”.
  3. Respecto a los certificados emitidos por personas que no eran médicos, que estaban fallecidos y los casos 9 personas con inscripciones y condenas mayores a 5 años, se nos señaló que, “se ha dispuesto Sumario Administrativo por resolución Exenta N°1613 de fecha 4 de julio de 2024. Luego se dispuso ampliación de objeto a investigar a través de resolución Exenta N° 1908 de fecha 31 de julio de 2024”.

Nunca se nos respondió explícitamente sobre la consulta por posibles denuncias al Ministerio Publico, como obliga el código penal. Solo se nos hizo llegar un “Acta de búsqueda de documentación”, donde en el párrafo final se señala, y cito textualmente:

“Del resultado de la búsqueda física efectuada en los archivos de documentación pasiva, se pudo constatar que no existe la documentación solicitada, por lo tanto, no es posible hacer entrega de copias de los documentos solicitados”.

En resumen, se nos dijo: “No, no se hicieron denuncias”. Pero nunca de manera explícita. No asumen responsabilidad.

Claramente, quedan muchos temas por tratar con respecto a la Dirección General de Movilización Nacional, por ejemplo, las rendiciones tanto de la propia DGMN como de Carabineros de los fondos de ley.

La insistencia en mantener prohibiciones de actuaciones de la gente que tiene armas en las zonas de excepción en el sur de nuestro país. Algo que fue decretado por un director anterior de la DGMN, pero que el actual director no ha querido derogar.

Y los incentivos al retiro: funcionarios del ejercito que son recontratados por la DGMN por unos años, para luego irse con millonarios incentivos al retiro muy superiores al de los funcionarios civiles de esa misma institución, también se lo señalamos al director, pero como muchas otras reuniones que tuvimos, pareciera que las olvido.

Los informes de Contraloria:

Nuestra consulta y las respuestas de la DGMN:




Reglamento Complementario Ley de Control de Armas

El Reglamento Complementario fue modificado en diciembre de 2023 por medio del Decreto 32 que modificaba al Decreto 83 que dio origen al Reglamento.

Enlace al Decreto 83 en la biblioteca del congreso.




Ley 17.798 de Control de Armas

La Ley de Control de Armas fue promulgada el 20 de octubre de 1972 y publicada en el diario Oficial al dia siguiente. Al dia de hoy ha sufrido numerosas modificaciones que se reflejan en el Decreto 400 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de4 la Ley 17.798, sobre Control de Armas.

Enlace al Decreto 400 en la biblioteca del congreso.